Junta de Gobierno aprueba el proyecto de ordenanza de convivencia cuyo borrador contemplaba multas por escupir

Actualizado: sábado, 24 abril 2010 15:15

GETAFE, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Gobierno local de Getafe aprobó el proyecto de la ordenanza general reguladora de la convivencia ciudadana en el municipio cuyo borrador contemplaba, entre otros asuntos, multas de hasta 750 euros por escupir en la calle y de hasta 1.500 euros a quienes soliciten en la calle servicios sexuales retribuidos.

En el acta de la junta figura que este proyecto de ordenanza fue aprobado con los votos a favor de los siete concejales socialistas y la abstención de los dos concejales de Izquierda Unida, con lo que el siguiente paso será su aprobación en el pleno municipal.

Según este borrador, que se puede consultar a través de la página web municipal, quien escupa, orine o defeque en espacios públicos estará cometiendo una infracción leve, así como quien tienda ropa hacia la vía pública o sacuda prendas o alfombras por balcones y ventanas.

Igualmente, se establecen multas de hasta 750 euros por dormir en la calle, manifestarse incorrectamente o con insultos hacia la autoridad municipal, miembros de la corporación o funcionarios, regar en balcones y ventanas fuera del horario comprendido entre las 00 y las 8 horas, arrojar piedras u otros objetos a personas o vehículos, lavarse en las fuentes publicas y dejar jugar a los niños con barquitos, o abrevar caballerías, ganado y cualquier otra clase de animal.

Asimismo, se prohíbe, con multas de hasta 1.500 euros, causar daños en árboles, plantas y jardines públicos, arrojar basuras a la vía publica que dificulten el tránsito o generen insalubridad, realizar pintadas y deteriorar el mobiliario urbano, exhibir publicidad que haga apología de la violencia de género y disparar petardos, cohetes o cualquier otro artículo pirotécnico.

Como faltas muy graves, sancionadas con hasta 3.000 euros, se encuentran impedir deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos, romper la señalización pública y el mobiliario urbano o deteriorar los árboles, plantas y zonas de cesped.

Tampoco se permite abrir o cerrar puertas, ventanas y persianas con estrépito y cantar o gritar en la calle o desde ventanas y balcones al exterior entre las 00 y las 8 horas, así como en la horas de la siesta, entre las 15 y 17 horas, de los meses de julio y agosto.

Además, queda prohibido hacer uso de un volumen excesivamente audible desde la vía pública de reproductores de sonido instalados en vehículos, o dejar animales en patios y terrazas que con sus sonidos, gritos o cantos perturben el descanso de los vecinos entre las 22 y las 8 horas.

Por último, no se permitirá el hacinamiento en las viviendas, considerándose éste cuando la vivienda esté ocupada por más de una persona por cada 10 metros cuadrados habitables.