El nuevo sistema de licencias se basa en colaboración público-privada y eximirá a algunos establecimientos

Actualizado: jueves, 16 abril 2009 16:03

El concejal de Hacienda señala que prácticamente el 60 por ciento de las actividades que soliciten licencia sólo necesitarán una comunicación

MADRID, 16 Abr. (EUROPA PRESS) -

La nueva ordenanza municipal para la tramitación y gestión de licencias urbanísticas en Madrid, aplicable en principio a las de actividad, se basará en la colaboración público-privada y eximirá a algunas empresas de las necesidades de solicitar autorización, según explicó en rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno el delegado de Hacienda, Juan Bravo.

Así, se regirá por un sistema en el que la Administración municipal colaborará con entidades privadas siempre "dentro de la Ley del Suelo de la Comunidad y también de la directiva europea de servicios en el mercado interior, que está siendo objeto de transposición por el Gobierno de España", afirmó el edil después de valorar las principales características de la aprobación inicial de la ordenanza.

Lo más destacado de la nueva norma es que apuesta por la "racionalización de la gestión y la simplificación". De hecho, según el popular, "prácticamente el 60 por ciento de las actividades que soliciten licencias sólo necesitarán una comunicación al no requerir resolución de procedimiento administrativo". A eso se suma que los procedimientos pasan de los cuatro actuales a tres para seguir siempre escrupulosamente la Ley del Suelo.

DE CUATRO A TRES PROCEDIMIENTOS

Los tres procedimientos pasan por el ordinario común, el ordinario abreviado y el procedimiento para la implantación o modificación de actividades. Por el primero se tramitarán aquellas solicitudes de licencia que requieran la realización de obras que precisen la firma de un arquitecto, por ejemplo, las obras de nueva planta, las de acondicionamiento general y las de restauración en edificios catalogados.

Las entidades certificantes emitirán un certificado de conformidad en el plazo máximo de dos meses mientras que el Ayuntamiento resolverá en un mes la licencia de primera ocupación y funcionamiento. A partir de ahí se producirá el silencio administrativo positivo, a no ser que haya que presentar una Declaración de Impacto Ambiental.

El procedimiento ordinario abreviado se destinará a proyectos que requieren la firma de un aparejador o un arquitecto técnico emitiendo el certificado correspondiente por parte de la entidad certificante en el plazo de dos meses. Ese sería el caso de las obras de reestructuración puntual que no afecten a elementos protegidos. En esta situación se concedería la licencia provisional de manera automática.

Con el tercer procedimiento se tramitarán las solicitudes para la implantación o modificación de actividades con repercusión medioambiental, en materia de seguridad, protección contra incendios, urbanística* siempre que no se ejecuten obras incluidas en el procedimiento ordinario. La entidad certificante tiene un plazo para dar su conformidad de 15 días mientras que la licencia definitiva llegaría al cabo de un mes.

EL RESTO DE LAS LICENCIAS

La nueva normativa municipal será aplicable a las licencias de actividad mientras que el resto se seguirán gobernando por la ordenanza actual, aprobada en 2004. Bravo adelantó que el Gobierno municipal no da por cerrado el modelo sino que se abre a una futura revisión para que pudiera ser aplicable al modelo residencial, por ejemplo.

Así, sólo deberán mantener autorizaciones o licencia las empresas que por supuestos de seguridad o medioambiente lo exijan, "pero en otros casos, y en aras a una mayor eficacia y simplificación de los trámites, se establecerá un sistema de comunicación a la Administración por parte del ciudadano o empresario que quiera poner en marcha una actividad", añadió Juan Bravo.*

**Esta ordenanza ha sido reformada como consecuencia del escándalo del caso Guateque, todo ello dentro de un proceso que tiene como objeto optimizar la gestión y la aplicación de la normativa dotando de más recursos a las juntas de distrito y a las áreas de Urbanismo, Medio Ambiente y Seguridad. Se abre ahora un plazo de alegaciones de 30 días para después ser aprobada en Pleno.

El calendario previsto establece que a partir del 1 de abril de 2010 se aplique el nuevo sistema a las actuaciones comunicadas y al procedimiento para la implantación o modificación de actividades. Un año después, el 1 de abril de 2011 se aplicará a las solicitudes que se tramitarán por procedimiento ordinario.