El precio más bajo ya no será obligatorio a la hora de que el Ayuntamiento contrate

Actualizado: miércoles, 23 septiembre 2015 11:50

MADRID, 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Madrid ha dejado sin efecto la obligatoriedad que existía hasta ahora de que el precio más bajo sea el que determine la elección de una empresa a la hora de contratarla para prestar servicios públicos en la capital cuando se utilice más de un criterio de valoración.

El concejal de Economía y Hacienda del Consistorio, Carlos Sánchez Mato, ha firmado la modificación del Decreto de 26 de abril de 2012 sobre la contención del gasto en el ámbito de la contratación del Ayuntamiento de Madrid, documento que recogía este requisito a la hora de contratar.

Para el concejal, "la propuesta económicamente más ventajosa no tiene por qué identificarse con la del precio más bajo". Hasta ahora el precio más bajo determinaba el 65 por ciento del total, mientras que con el nuevo decreto aumenta el peso de los criterios objetivos hasta el 75 por ciento del total de la puntuación a distribuir, salvo para los contratos de prestaciones personales de carácter sanitario o social.

De este modo, se ha cambiado la normativa y ahora el texto recoge que "en los contratos de obras, servicios y suministros, los órganos de contratación deberán atender, para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa a la utilización del precio más bajo como único criterio de adjudicación siempre que por la naturaleza y objeto del contrato resulte posible definir perfectamente las prestaciones y no sea posible la introducción de variaciones o mejoras de ninguna clase por parte de los licitadores en su oferta".

Además, destaca que en aquellos supuestos en que los órganos de contratación utilicen más de un criterio de valoración, "deberán incluir criterios que permitan identificar la oferta que presente la mejor relación calidad-precio, tales como la calidad, la accesibilidad, características sociales, medioambientales o innovadoras, entre otros".

Esto, añade, "siempre que estén vinculados al objeto de contrato y formulados de forma objetiva con pleno respeto a los principios de igualdad, no discriminación, transparencia y proporcionalidad". Es aquí donde se aclara que deberá otorgarse al menos una ponderación del 75 por ciento del total de la puntuación a los criterios valorables en cifras o porcentajes siendo necesario en todo caso, que uno de estos criterios sea el precio.

El nuevo decreto explica que en el supuesto de que por el objeto o naturaleza del contrato se precise un porcentaje inferior, "y con carácter previo al inicio del expediente", será necesaria la autorización del titular de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno correspondiente.

En el caso de expedientes cuyo presupuesto, con IVA incluido, sea igual o superior a los 1,5 millones de euros en gastos de capital o 500.000 euros en gastos corrientes, la autorización se efectuará por el titular del área de Gobierno competente en materia de Hacienda, es decir, por el propio Sánchez Mato.

En cuanto a los contratos de prestaciones directas a ciudadanos en el ámbito sanitario o social, la ponderación de los criterios de valoración de las proposiciones "se determinará por el órgano de contratación de acuerdo con la naturaleza de cada contrato y de conformidad con lo previsto en el artículo 150 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público".

Asimismo, los expedientes de contratación que estuviesen iniciados a la entrada en vigor de este decreto y cuyos pliegos no hayan sido aprobados por el órgano de contratación, deberán adaptar su contenido y tramitación a lo previsto con esta modificación, según reza el texto.

"EL VALOR NO ES EL PRECIO SINO LA CALIDAD"

Según ha destacado el concejal, con esta modificación se pretende demostrar que "el valor no es el precio sino la calidad" y que la contratación municipal se guiará a partir de ahora no sólo por el precio más bajo sino por la calidad, algo fundamental para conseguir que la prestación de servicios públicos y las compras públicas "sean de calidad, estratégicas, sostenibles y socialmente responsable".

De esta manera, entienden que tampoco se incide "negativamente" sobre las condiciones en que se desarrolla la prestación laboral o sobre el propio empleo. "Son argumentos de peso para dejar sin efecto la obligatoriedad de que el precio más bajo determine la elección de la empresa que prestará los servicios públicos cuando haya más de un criterio de valoración", han señalado.

El Plan de Ajuste puesto en marcha durante el anterior mandato primaba en las contrataciones públicas la oferta económica más baja sobre otros elementos de valoración. "Por el contrario, este equipo de Gobierno apuesta por la objetividad y la lucha contra la corrupción en la contratación pública y para ello establece que la concesión de los contratos se realice en base a criterios objetivos valorables en cifras y porcentajes", han destacado desde el Consistorio.

En palabras de Carlos Sánchez Mato, esto significa que van "a apreciar conceptos como la calidad de las condiciones de empleo; la inserción sociolaboral y la diversidad funcional; políticas de género, medioambientales y de comercio justo por encima del precio".

Tal y como reconoce la Directiva Europea sobre contratación pública 24/2014, para contratos de prestaciones directas a ciudadanos en el ámbito sanitario o social resulta necesario un tratamiento más alejado del mercado, dado el carácter estratégico de las necesidades a satisfacer y, por ello, "deben ser prestados desde una estricta perspectiva de calidad".

CONTRATACIÓN PÚBLICA

Según el Gobierno local, uno de los principales mecanismos con los que cuentan las administraciones públicas para conseguir el bienestar de los ciudadanos y ciudadanas es la contratación pública. Su peso económico se cifra en más de un 15 por ciento en el PIB del Estado Español.

El gasto comprometido en contratación pública por el Ayuntamiento de Madrid (y sus organismos autónomos) en el año 2013 supuso más de 3.300 millones de euros, "lo que evidencia las posibilidades que tiene como instrumento para el ejercicio de políticas sociales", han destacado.

A través de este nuevo Decreto, el equipo de Gobierno convierte la contratación pública en una "herramienta jurídica al servicio de los poderes públicos para el cumplimiento de sus fines y valores fundamentales: cohesión social, redistribución de la riqueza, igualdad y justicia".

El propósito es evitar, "como venía ocurriendo hasta ahora, que la mayor ponderación del criterio precio, entre los tenidos en cuenta para adjudicar los contratos, incida negativamente en el mercado laboral, destruyendo empleo y empeorando las condiciones de los trabajadores".

Además, aseguran que las reclamaciones y sugerencias de los propios ciudadanos a su Ayuntamiento ha puesto de manifiesto que servicios públicos prestados por contratistas de la Administración, como la limpieza de las calles, "no mantiene unos estándares de calidad apropiados".

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