Archivo - Fachada de la sede del Ayuntamiento en Cibeles, a 15 de septiembre de 2023, en Madrid (España). El Palacio de Cibeles, antiguo Palacio de Telecomunicaciones y actual sede del Ayuntamiento de Madrid, cuenta con un gran espacio cultural y varias s - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
MADRID, 18 Sep. (EUROPA PRESS) -
La vicealcaldesa, portavoz municipal y delegada de Seguridad y Emergencias, Inma Sanz, ha subrayado que los empadronamientos tienen que hacerse "con todas las garantías" mientras que la concejala de Más Madrid Pilar Sánchez ha condenado la "cacicada" del PP después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 6 de Madrid haya anulado la supresión de la carta aval para el empadronamiento de personas sin domicilio fijo, firmada por la Junta Municipal de Centro.
El fallo, que impone costas al Ayuntamiento de Madrid, estima el recurso presentado por el Colectivo Agar (Espacio de Investigación y Encuentro desde la Diversidad) contra el decreto del concejal-presidente de Centro, Carlos Segura, de abril de 2024 dando por finalizada la carta aval para el empadronamiento de personas sin domicilio fijo en el municipio de Madrid. Lo hace "por no ser conforme a derecho".
Sanz ha confirmado en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno que los servicios jurídicos están estudiando la posibilidad de recurrir el fallo porque la sentencia "habla de un tema procedimental, de una posible ausencia de una audiencia pública". "Si existe esa vía para poder recurrirlo lo haremos", ha anunciado.
"HAY QUE DAR SEGURIDAD JURÍDICA"
La vicealcaldesa ha defendido que "hay que dar seguridad jurídica y los empadronamientos tienen que hacerse con todas las garantías", para apostillar que el fallo alude a la capacidad del Ayuntamiento en la retirada de esas cartas aval.
Desde Más Madrid, Pilar Sánchez ha aplaudido en un comunicado la "gran victoria" que supone el fallo "frente a la cacicada del concejal de la Junta Municipal de Centro, Carlos Segura". "La Justicia ha dado la razón al colectivo Agar y ha anulado el decreto del edil del PP, que en abril del año pasado suprimió el convenio, la carta aval que posibilitaba los empadronamientos de personas sin domicilio fijo en Madrid", ha resumido.
LA "CACICADA" DEL PP, UNA "DECISIÓN MEZQUINA"
"La sentencia es tajante y demoledora. Esta resolución no se ajusta a derecho y queda anulada porque es una cacicada del concejal Carlos Segura, que argumentó con bulos, como ha quedado demostrado, que se estaban produciendo un elevado número de empadronamientos ficticios, algo totalmente falso", ha reprochado la edil de la oposición.
Sánchez ha condenado "una decisión del PP mezquina y que, tal y como apunta el fallo judicial, no se sustenta en ningún documento y no se ajusta a derecho". "El colectivo Agar demandó al Ayuntamiento y ha ganado, es una victoria para los colectivos y para las personas que luchan por buscarse la vida en nuestra ciudad. El padrón es un derecho y el Ayuntamiento de Almeida no ha hecho más que obstaculizarlo", ha advertido.
CONSECUENCIAS
Las consecuencias son "nefastas para miles de personas, de familias, de niñas, de niños, sin padrón, porque sin padrón no hay existencia: los niños y las niñas no pueden ser escolarizados, no pueden acceder a una vivienda. Almeida les niega sus derechos más básicos y les invisibiliza", ha explicado Pilar Sánchez sobre la importancia de este fallo.
El colectivo recurrente defendió ante la Justicia que la resolución no respetó el obligado trámite de audiencia previsto considerando que era nula de pleno derecho "por lesionar derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional".
El Ayuntamiento alegó que se retiró la carta aval tanto de la entidad recurrente como de la asociación Valiente Bangla por considerar que "no se estaba haciendo un uso correcto de la habilitación administrativa".
A lo que unían que en la resolución de otorgamiento de la carta aval "estaba previsto, indicado y anunciado que dicha habilitación podía cesar en cualquier momento", es decir, "sin necesidad de que se fundamentara en ningún motivo concreto y sin necesidad de audiencia".
Desde el distrito se pidió "una evaluación del estado de la colaboración entre los servicios sociales municipales y esas entidades con el fin de valorar la actualización del aval o su definitiva cancelación" basándose en que "se observan datos que inducen a albergar serias dudas respecto de la operativa seguida por ambas debido, fundamentalmente, al alto número de empadronados en los domicilios de referencia y a la ausencia de comunicación de bajas que el aval exige sean comunicadas tan pronto como cese la relación de la respectiva asociación con el habitante".
NIEGAN QUE HAYA EMPADRONAMIENTO "EXCESIVO"
Estos posicionamientos han sido negados por la asociación recurrente. El colectivo "niega que se haya efectuado el empadronamiento de un excesivo número de personas", recoge el fallo. En el mismo se apunta respecto del trámite de audiencia en todo procedimiento administrativo que se configura en el ordenamiento jurídico "como un trámite indispensable en los procedimientos en que hay interesados, de manera que es preciso que toda Administración siga en la tramitación de los expedientes un procedimiento con todas las fases legalmente previstas".
A lo que añaden que Colectivo Agar, al igual que la Asociación Valiente Bangla, tiene "una función que resulta fundamental para la Administración municipal y, por extensión, para toda la ciudadanía madrileña".
"Resulta imprescindible tener presente el contexto sociológico del distrito. En efecto, es un hecho notorio para toda persona que haya nacido, crecido y vivido en el centro de Madrid que en dicho distrito Centro existe una población de considerable entidad que vive bajo el umbral de la pobreza y en una situación de extrema vulnerabilidad, y que dicho segmento poblacional se encuentra integrado mayormente por personas migrantes", argumenta la sentencia.
A ello se añade "que en los últimos 15 años se ha producido un aumento de la turistificación de la ciudad de Madrid en una proporción geométrica y que el incremento desproporcionado de pisos turísticos, junto con otros factores, ha derivado en el encarecimiento exorbitante de los precios de alquiler y en la carestía de oferta de vivienda, todo lo cual ha determinado la expulsión de esta zona a una considerable parte de la ciudadanía, además de imposibilitar a determinados colectivos marcados por la vulnerabilidad acceder a unas condiciones de vida humana y mínimamente dignas ante dicha situación".
NO ACREDITADO EL SUPUESTO ALTO NÚMERO DE "EMPADRONAMIENTOS FICTICIOS"
Al tribunal le llama "poderosamente la atención que los motivos por los cuales se retira la carta aval, consistentes en el supuesto alto número de empadronamientos ficticios y en las presuntas irregularidades en cuanto a la comunicación de baja de empadronamientos, no figura acreditada de ninguna manera en todo el expediente administrativo".
Es más, la Justicia indica que la información aportada viene de la mano de la concejala de Más Madrid Pilar Sánchez en una solicitud de información con datos desde diciembre de 2022. "Llama la atención que, constando que en el distrito Centro el total de empadronamientos ficticios en Servicios Sociales de 259 y los efectuados por el Colectivo Agarde 106, no se puede considerar objetivamente excesivo dicho número y atendiendo al contexto sociológico específico del distrito Centro", resume el tribunal.
A lo que añaden que "llama la atención que no obra en todo el expediente administrativo ningún indicio de irregularidades en cuanto a la falta de comunicación de las bajas de empadronamiento por parte de las entidades a las que se le retira la carta aval".