El silencio de una víctima de violencia de género en el juicio impide dictar una sentencia condenatoria

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MINISTERIO DE IGUALDAD
Actualizado: jueves, 2 junio 2011 15:00

El juez cree que no declarar hace "flaco favor a sus intereses como persona titular de derechos fundamentales"

MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 36 de Madrid ha absuelto a un acusado de amenazas vertidas contra su esposa ante la carencia de base probatoria dado que la víctima se negó a declarar en la vista oral contra su pareja, lo que impide dictar una sentencia condenatoria, según sostiene el propio titular de este Juzgado.

En una sentencia, el titular de este Juzgado absuelve a Fernando A.H., de nacionalidad peruana, de un delito de amenazas del que había sido acusado y por el que se enfrentaba a un año de prisión. Además, se solicitaba una orden de alejamiento respecto a la víctima.

La sentencia relata que el 26 de abril de 2011 el procesado mantuvo en el domicilio familiar de Collado Villalba una discusión con su esposa en cuyo transcurso le amenazó con matarla después de darle un puñetazo.

Pese a que la mujer denunció los hechos, en el acto de juicio oral se acogió a la dispensa que le otorga la Ley para no declarar en contra de su marido, lo que impide por tanto valorar las denuncias presentadas ante sede policial.

No obstante, el tribunal cita documentación obrante en las actuaciones que reflejan que la mujer era atendida en el punto municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género de Collado Villalba desde diciembre de 2009.

El magistrado recalca que la instrucción permite suponer la existencia de una relación afectiva de carácter violento y agrega que valorar la conducta a favor del silencio por parte de la víctima impide dictar una condena, "haciendo flaco favor a sus intereses como persona titular de derechos fundamentales y a los de sus hijos, que parece están creciendo normalizando un modelo de relación de pareja en la que se recurre a la violencia contra la mujer".