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MADRID 16 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por la Comunidad de Madrid contra la sentencia del 31 de mayo de 2012 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anulaba dos puntos del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Guadarrama al considerar que en ambos existían contradicciones con la legislación anterior.
Asimismo, el fallo del Supremo ha admitido el recurso de casación interpuesto por Ecologistas en Acción contra la misma sentencia, que reconocía otros puntos sobre el PORN con los que no estaba de acuerdo y que persigue la anulación total del Plan. Así, ha remitido las actuaciones para sus sustanciación a la Sección Quinta del Tribunal.
Concretamente, el TSJM anuló el año pasado, tras una denuncia de la organización ecologista, el punto del Plan de Ordenación del Guadarrama que hace referencia a la conversión de las 'Zonas de Reserva Natural' A1 y A2 del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares en 'Zonas de Aprovechamiento Ordenado de los Recursos Naturales' (ZORN).
También anuló que el punto que hacía referencia a la creación de "instalaciones mínimas" en caso de una conexión futura entre las estaciones de Navacerrada y Valdesquí.
En el recurso de casación interpuesto, el letrado del Gobierno regional alega la "falta de motivación e incongruencia" de la sentencia recurrida, que el Supremo no vislumbra "teniendo en cuenta que las delimitaciones de las ZORN de los ámbitos A1 o A2 del Parque Regional de la Cuenta Alta del Manzanares que se anulan en cuenta a los usos permitidos, la propia sentencia dispone que deberán prevalecer los determinados por el PRUG del Parque regional".
"A la vista está que existiría una colisión entre los usos que permite el Parque Regional y el PORN de Guadarrama en relación con aquellas zonas que han pasado a ser de Reserva Natural, A1 o A2, de Zonas de Aprovechamiento Ordenado de los Recursos Naturales; pero dicha colisión, que es puramente cartográfica y de delimitación de zonas, se subsana por la aplicación especial de la norma relativa al Parque Regional que el propio PORN entiende como aplicable de manera directa", ha argumentado el juez.
En cuanto a la anulación del apartado referente a las instalaciones deportivas mínimas para una conexión futura, el Supremo indica que el recurso de la Comunidad no se sustenta en una supuesta la falta de motivación de la sentencia, sino que entra en combatir la interpretación de la misma. Por tanto, considera que la casación carece de fundamento e impone a la Comunidad las costas procesales.