Tribunales.- Condenado el SERMAS a pagar 49.000 euros por denegar la asistencia médica a una paciente por su edad

Europa Press Madrid
Actualizado: jueves, 3 julio 2008 18:28

MADRID 3 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) a pagar 49.000 euros por quebrantar el criterio sanitario 'lex artis' en la asistencia prestada a una paciente, a quien el Hospital Universitario de Getafe denegó intervenir por una infección urinaria alegando que "este tipo de problemas eran normales con la edad de la paciente", informó hoy la Asociación el Defensor del Paciente.

La afectada, de 71 años, fue intervenida quirúrgicamente en enero de 2003 como consecuencia de "un prolapso de las paredes vaginales", siendo dada de alta cinco días después con infección e incontinencia urinaria. Unas semanas más tarde, acudió al Centro de Salud Isabel II de Parla con el citado cuadro y, tras ello, al Servicio de Urgencias del Hospital de Getafe por "escozor en genitales externos, sin que se solucionara el problema".

En mayo, regresó al Servicio de Urgencias del Hospital de Getafe, donde le recomendaron que le controlara "su médico de cabecera" tras un diagnóstico de "probable cistitis". A finales de mes, acudió al Servicio de Urología por dolor vesical, sintomatología urinaria importante, incontinencia urinaria, sequedad y escozor vaginal con disuria inicial. En junio, fue de nuevo al Servicio de Urgencias por agravamiento del cuadro, mientras que en julio se sucedieron las consultas en Ginecología y Urología.

En noviembre, los sanitarios del Servicio de Urología informaron a la mujer y a su familia de que, según habían considerado en sesión clínica, "no procedía la intervención quirúrgica", argumentando que "este tipo de problemas con la edad de la paciente".

Un año después de la operación, la paciente decidió acudir a la Sanidad privada. El Servicio de Urología del Sanatorio Nuestra Señora del Rosario le diagnosticó "Hidronefrosis derecha. Uréter derecho fuera de la vejiga", por lo que fue intervenida. Se le reimplantó el uréter, quedando solucionados todos los problemas de incontinencia urinaria, infección, dolores y mal estar.

En la sentencia, los magistrados declaran la responsabilidad del SERMAS por "un retraso prácticamente de un año en conseguir un diagnóstico acertado y de la denegación de asistencia efectiva". "El tiempo transcurrido sin conseguir un diagnóstico real de su dolencia ha sido excesivo", aseveran.

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