El TSJM declara nulo el Decreto de la financiación del 1º ciclo de Infantil por carecer del dictamen del Consultivo

Actualizado: viernes, 4 diciembre 2009 16:37

MADRID, 4 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el Decreto aprobado en agosto de 2008 por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid que regula las previsiones presupuestarias para la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la región.

En una sentencia hecha pública hoy, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso interpuesto por la Federación Regional de Madrid de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado 'Francisco Giner de los Ríos' contra el Decreto 134/2008, de 28 de agosto.

La Federación solicitó en su recurso la nulidad radical del Decreto por falta de la preceptiva audiencia del Consejo Consultivo de la Comunidad y la anulabilidad por infracción de la Ley Orgánica de Educación a causa de instaurar un régimen de financiación pública de las entidades privadas con ánimo de lucro.

Este Decreto regula la financiación de ese primer ciclo en la Comunidad de Madrid, lo que hace, según su preámbulo, partiendo de que la Ley Orgánica de Educación (LOE) determina, que "las Administraciones Públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en este ciclo y coordinarán sus políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa".

En la resolución, la Sala subraya que la naturaleza de reglamento ejecutivo o de desarrollo de la Ley que posee este Decreto exigía que en su procedimiento de elaboración hubiera sido requerido el dictamen del Consejo Consultivo.

"La ausencia de este trámite preceptivo conlleva la nulidad de pleno derecho de tal disposición general, con la consiguiente reposición del procedimiento administrativo al momento inmediatamente anterior al que fue omitido el trámite.

Por todo ello, el TSJM declara la nulidad del citado Decreto, con "la reposición del procedimiento de elaboración al trámite inmediatamente anterior a la consulta del Consejo Consultivo".