Archivo - El secretario general del PSOE-M, Juan Lobato, y Pilar Sánchez Acera. Archivo. - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
MADRID, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado la medida cautelar solicitada por las diputadas del PSOE Pilar Sánchez Acera y Cristina González Álvarezo para bloquear el Plan Vive de la Comunidad de Madrid, cuyo objetivo es poner en el mercado de alquiler hasta 25.000 viviendas en los próximos años.
Así consta en un auto del pasado 16 de noviembre, al que tuvo acceso Europa Press, en el que los magistrados del Alto Tribunal madrileño desestiman la adopción de las medidas cautelares y condenan a las socialistas a pagar los costas del procedimiento.
En la resolución, se expone que "no es manifiesta ni patente, desde los estrechos cauces de esta pieza separada de suspensión, la estimación ulterior del recurso, que no aparece de forma ostensible, según exige la aludida doctrina, como necesaria decisión a adoptar en cuanto a su fondo, por lo que no resulta estimable la petición cautelar del recurrente desde esta primera perspectiva".
En el recurso, las diputadas socialistas exponían que "por mucho que la concesión de las parcelas para beneficiar al interés general, lo cierto es que una sentencia favorable" a sus pretensiones en el caso de que la licitación no fuera paralizada, "tendría efectos nefastos".
"De un lado, para los propios concesionarios del suelo --cuando no incluso de los bienes inmuebles que se edifiquen sobre él--, cuyos intereses se verían indefectiblemente repercutidos. De otro lado, además, dada la envergadura de la licitación, esa misma sentencia tendría un impacto económico incalculable para el propio interés general, como consecuencia tener que deshacer concesiones realizadas, con abono de intereses y de las indemnizaciones a que hubiere lugar", señalan.
Las diputadas alegaban que "la confrontación y ponderación entre los distintos intereses afectados da como resultado, la razonabilidad de la suspensión de la concesión demanial inmobiliaria que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura quiere efectuar, en la medida que una eventual sentencia favorable a nuestras pretensiones, si la licitación de las parcelas no se paraliza, tendría un impacto determinante para el interés general y terceras personas potencialmente afectadas".
Las medidas se rechazan en el marco de una pieza separada del procedimiento en el que se admitió a trámite el recurso de las diputadas contra la orden 2094/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueba el inicio del procedimiento para el otorgamiento de la concesión demanial de parcelas de redes supramunicipales, titularidad de la Comunidad de Madrid.
Estas parcelas están destinadas a la construcción de viviendas en alquiler a precios asequibles. Además, se acordó la apertura del procedimiento de licitación y se aprueban los Pliegos de
Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas que han de regir la misma.
En el auto, del 21 de octubre, el TSJM requería a la Comunidad de Madrid la remisión, en el plazo improrrogable de 20 días desde que la comunicación judicial tenga entrada en su registro general, del expediente administrativo del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.