Voto por correo elecciones Madrid 2021: plazos, pasos para solicitarlo y preguntas frecuentes

Calendario del voto por correo en Madrid
Calendario del voto por correo en Madrid - EUROPA PRESS
Europa Press Madrid
Actualizado: sábado, 20 marzo 2021 16:54

· ¿Qué dicen las encuestas sobre las elecciones madrileñas?

Madrid, 17 Mar. (EDIZIONES)

La Comunidad de Madrid celebra elecciones el próximo martes 4 de mayo y como en cada convocatoria electoral, se podrá votar previamente por correo a las formaciones que aspiran a gobernar la Comunidad. El voto por correo, al igual que en las elecciones autonómicas celebradas en el último año, cobra especial protagonismo en estos comicios al celebrarse en plena pandemia.

Estos son los plazos para poder votar por correo, los pasos a seguir y algunas dudas frecuentes:

¿CUÁLES SON LOS PLAZOS?

- Solicitar el voto a Correos: desde el 11 de marzo hasta el 24 de abril (inclusive).

- Envío de la documentación a los votantes: desde el 14 al 27 de abril.

- Depositar el voto en Correos: desde el 14 hasta el 30 de abril.

PROCEDIMIENTO PARA PEDIR EL VOTO

- Hacer la solicitud: el primer paso para poder votar por correo es realizar la solicitud a Correos. Esto se puede hacer de forma online a través de este enlace o acudiendo a cualquier oficina de Correos presentando el DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de identidad/residencia de extranjero.

- Recibir la documentación: una vez hecha la solicitud, Correos la enviará al Instituto Nacional de Estadística y la Oficina del Censo Electoral, organismos que posteriormente enviarán por correo certificado la documentación necesaria al domicilio del votante.

- Votar: tras recibir en casa la documentación, solo queda introducir la papeleta de una formación política en el sobre y entregarlo en cualquier oficina de Correos. Un empleado se encargará el día de las elecciones de depositar el voto en el colegio electoral que corresponda.

¿TENGO QUE ACUDIR PRESENCIALMENTE A CORREOS?

Sí, será necesario acudir a una oficina de Correos para depositar el voto, pero no hará falta ir presencialmente para solicitar el voto ya que se ha habilitado esta página web para hacerlo.

En caso de no poder hacer el proceso en persona por estar enfermo o incapacidad, esta situación se debe acreditar mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo. En este caso el trámite lo puede hacer otra persona, que deberá estar autorizada notarialmente.

¿CÓMO PIDO EL VOTO POR CORREO ONLINE?

Para poder solicitar el voto por correo de manera online es necesario tener un certificado digital o el DNI electrónico y tener instalado en el ordenador la aplicación Autofirma (es segura y puedes descargarla aquí). Con esto, habrá que completar los datos requeridos en el documento de Correos, firmarlo electrónicamente y descargar la solicitud.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL VOTO POR CORREO Y QUIÉN NO?

Todos los electores residentes en la Comunidad de Madrid y los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con derecho de voto en las elecciones convocadas. No podrá ser solicitado por aquellos electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.

¿CÓMO ME AFECTA SI RESIDO EN EL EXTRANJERO?

En el caso de residir fuera de forma permanente, los plazos varían ligeramente:

- Solicitar el voto por correo: desde el 11 de marzo hasta el 5 de abril.

- Envío de la documentación a los votantes: desde el 8 al 14 de abril sin impugnación de candidatos, y desde el 15 al 22 de abril si hay

- Enviar el voto por correo: desde el 8 hasta el 29 de abril.

¿Y SI SOLO RESIDO EN EL EXTRANJERO DE FORMA TEMPORAL?

- Solicitar el voto por correo: desde el 11 de marzo hasta el 5 de abril.

- Envío de la documentación a los votantes: desde el 8 al 14 de abril sin impugnación de candidatos, y desde el 15 al 22 de abril si hay

- Enviar el voto por correo: desde el 8 hasta el 30 de abril.

¿Y CUALES SON LOS PLAZOS PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE ESTÁN TEMPORALMENTE EN ESPAÑA?

- Solicitar el voto por correo: desde el 11 de marzo hasta el 24 de abril.

- Envío de la documentación a los votantes: desde 14 al 27 abril.

- Enviar el voto por correo: desde el 14 hasta el 30 de abril.

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