Actualizado 09/07/2007 20:58

Economía/Motor.- Fomento exime del tacógrafo digital a autobuses de servicios regulares inferiores a 50 kilómetros

MADRID, 9 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Fomento ha eximido del uso del tacógrafo digital a los autobuses que prestan servicios de transporte regular de viajeros en trayectos de menos de 50 kilómetros, informó hoy la patronal de transporte en autobús Asintra.

Los autobuses que prestan servicios regulares especiales también quedarán exentos de la obligatoriedad de este dispositivo, siempre que sus servicios no pasen de los mencionados 50 kilómetros.

El tacógrafo es un dispositivo que permite controlar los tiempos de conducción y descanso de los transportistas de viajeros y mercancías por carretera.

El uso del tacógrafo digital es obligatorio en autobuses y camiones que se hayan matriculado antes del 1 de enero de 2006. Desde entonces las autoridades españolas no permiten la circulación por territorio español de vehículos, tanto nacionales como extranjeros, que, matriculados con posterioridad al 31 de diciembre de 2005, no lleven instalado este nuevo dispositivo encargado de medir tiempos y velocidades de conducción.