La Comunidad Autónoma recibió el pasado año más de 4.100 solicitudes de arbitraje de consumo

Actualizado: domingo, 12 enero 2014 11:29

MURCIA, 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Junta Arbitral de Consumo de la Región de Murcia es la cuarta entre las juntas de las comunidades autónomas que más actividad lleva a cabo, según han informado fuentes del Gobierno regional basándose en los datos del Gobierno de España.

Se trata de un servicio de la Consejería de Industria, Empresa e Innovación que resuelve conflictos entre consumidores o usuarios y empresas o profesionales con las que han contratado un producto o servicio.

Dependiente de la Dirección General de Consumo, Comercio y Artesanía, la Junta Arbitral de Consumo es el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y las empresas a través del cual, sin formalidades especiales y con carácter vinculante para ambas partes, se resuelven las reclamaciones.

Así, la directora general María Dolores Alarcón explicó que "cualquier usuario en el ámbito territorial de la Región que considere que han sido vulnerados sus derechos en la prestación de un servicio o en la adquisición de un producto, por parte de una empresa adherida a la Junta Arbitral, puede presentar ante ésta la correspondiente reclamación".

Las principales materias objeto de reclamación son telefonía móvil y fija, proveedores de Internet, así como el suministro de electricidad. De hecho, del total de solicitudes recibidas por la Junta el pasado año (4.129), las relativas a estos conceptos suponen más del 82 por ciento.

A su vez, la mayoría de solicitudes para ser resueltas a través de la Junta Arbitral la presentan los usuarios a través de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), directamente en la propia Junta o bien por medio de las asociaciones de consumidores presentes en la Región.

PROCEDIMIENTO DE ARBITRAJE

Y es que, el sistema arbitral de consumo se caracteriza por ser gratuito, voluntario, rápido e implica el sometimiento de las partes al laudo que emite la Junta Arbitral. El procedimiento de reclamación se inicia por solicitud del interesado, que puede ser cumplimentada de forma asistida en la web de la Comunidad Autónoma y, en su caso, presentada electrónicamente.

A partir de ese momento, la Administración intentará mediar entre las partes. De no alcanzarse un acuerdo, los litigantes son citados a un acto de audiencia, que puede ser presencial o llevarse a cabo mediante videoconferencia.

Actualmente, muchas de las audiencias se realizan mediante videoconferencia, de manera que el usuario tenga que desplazarse lo menos posible para resolver su reclamación. Para ello, se ha establecido una red de puntos de videoconferencia en diversos ayuntamientos de la Región que disponen de los equipos informáticos necesarios para ello.

La actuación de la Junta termina con un laudo, que es una resolución que tiene los mismos efectos que una sentencia judicial, esto es, de obligado cumplimiento para ambas partes. De esta forma, si alguna de las partes no cumple lo establecido, el contrario puede pedir a la autoridad judicial, como si fuera una sentencia, que obligue a la otra parte a cumplir lo estipulado.

Finalmente, el plazo para dictar un laudo por el órgano arbitral es de seis meses, según la normativa, desde el día siguiente al inicio del procedimiento.