El primer teniente de alcalde y concejal de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Molina de Segura, Antonio Martínez Sánchez - AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA
MOLINA DE SEGURA (MURCIA), 30 (EUROPA PRESS)
El Pleno ordinario del Ayuntamiento de Molina de Segura ha aprobado este lunes una moción presentada por el grupo municipal Vox para prohibir el acceso a las dependencias municipales a personas que vistan prendas que oculten totalmente el rostro, como el burka, el niqab o vestimentas similares.
La iniciativa ha salido adelante con el apoyo del equipo de Gobierno, integrado por Vox y PP, mientras que el Grupo Municipal Socialista ha votado en contra de la medida, según han informado fuentes de Vox.
El primer teniente de alcalde y concejal de Seguridad Ciudadana, Antonio Martínez Sánchez, ha explicado que el objetivo primordial de esta regulación es garantizar la "correcta identificación" de los usuarios y reforzar la seguridad en las instalaciones públicas donde se gestionan expedientes con datos personales sensibles.
"Los empleados públicos deben poder identificar con claridad a la persona que tienen delante. Si el rostro no es visible, la identificación se dificulta objetivamente", ha aseverado Martínez Sánchez, que ha subrayado que la medida busca asegurar el "adecuado funcionamiento administrativo".
Más allá de los criterios técnicos y de seguridad, el edil de Vox ha defendido que la moción protege la "dignidad" de la mujer frente a lo que considera "imposiciones culturales que borran su identidad".
En este sentido, ha afirmado que "por una sola mujer que se vea obligada a ocultar su rostro, esta moción ya merece la pena".
CRÍTICAS A LA OPOSICIÓN
Martínez Sánchez ha tildado de "incoherente" la postura del PSOE, rechazando que la cuestión sea "artificial". Para el concejal, el acceso visual al rostro no es un "capricho", sino un "requisito básico" que garantiza la convivencia y la igualdad en los espacios públicos municipales.
Con esta aprobación, Molina de Segura se suma a los municipios que establecen la identificación clara del rostro como condición necesaria para el acceso y trámite en servicios de la Administración local.