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MURCIA 2 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Claustro de la Universidad de Murcia (UMU) ha aprobado por 203 votos a favor, 17 en contra y 14 abstenciones sus nuevos estatutos, que sustituirán a los aprobados en 2004, según informaron fuentes de la institución docente en un comunicado.
La aprobación da cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), por el que las universidades públicas deben aprobar la principal norma de su autonomía dentro de los tres años siguientes a la fecha de la entrada en vigor de la norma, que fue el 23 de marzo de 2023.
El texto será remitido a la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor para que tramite su aprobación final mediante Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad y ordene su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el de la Región de Murcia (BORM).
El texto aprobado por el Claustro es fruto de una propuesta presentada por el rector, José Luján, el pasado mes de marzo, y se sustenta sobre la idea de atender al imperativo de implementación de la LOSU, pero preservando, en lo que fuera compatible con ello, las aportaciones de los anteriores proyectos estatutarios.
La propuesta inicial ha sido "profundamente modificada" en el seno de propio Claustro como consecuencia de las más de 500 enmiendas presentadas por sus miembros, de las que se han aprobado y pasado al texto final más de dos tercios.
La principal aportación de los nuevos estatutos es el hecho de acompasar la máxima norma de autogobierno de la Universidad de Murcia a la vigente ley orgánica en materia de universidades.
También armonizarla con un ordenamiento universitario "muy complejo" que transciende a esa ley orgánica y se integra, entre otras normas, por leyes como la de la Ciencia (2011, modificada en 2022) y la de Convivencia (2022) y reales decretos como los que regulan las enseñanzas universitarias (2021) o la creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios y la acreditación institucional de centros universitarios (2021, modificado en 2025).
Por ello, según han explicado desde la UMU, la regulación de las futuras reformas estatutarias "se hace bajo un criterio de flexibilidad", de manera que los estatutos aprobados "puedan ser fácil y rápidamente modificados si, llegado el caso, así lo exigen nuevas normas". Por ejemplo, el Estatuto del Personal Docente e Investigador, Estatuto del Estudiantado y Estatuto de las personas en formación práctica en el ámbito de la empresa o las futuras leyes regionales de universidades y de ciencia, tecnología e innovación.
Otra aportación de los nuevos estatutos es la relativa a la toma de postura de la institución universitaria en relación con los grandes asuntos de la actualidad.
Los estatutos se ofrecen así como la norma principal de una institución que "se ve a sí misma no como prestadora pasiva del servicio público de la educación superior mediante el estudio, la investigación y la transferencia del conocimiento, sino también como un agente activo que debe contribuir desde el desarrollo de esas funciones al respeto al Estado de Derecho, a la memoria democrática, a la defensa de los Derechos Humanos, sin discriminación alguna, a la protección y preservación del medio natural, así como a la paz y la concordia entre los pueblos".
Asimismo, entre sus principales aportaciones, los nuevos estatutos refuerzan la consideración del estudiantado como "objeto principal del quehacer universitario y reconocen y protegen la función de la representación estudiantil".
En cuanto a la estructura orgánica, y pese a que la LOSU permitía ensayar otras posibilidades, se ha optado por mantener el modelo tradicional configurado sobre Facultades y Departamentos.
También hay cierta continuidad en la configuración y funciones del Claustro y del Consejo de Gobierno. Sin embargo, la composición de ambos órganos se modifica bajo el criterio de "favorecer una mayor participación y democracia interna, con especial atención al estudiantado y al Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) que mejoran su representación".
También desde una perspectiva orgánica cabe reseñar que encuentran expreso reconocimiento estatutario el Consejo de Estudiantes, la Escuela Internacional de Doctorado o la Escuela de Formación Continua.
Asimismo, se incluye un capítulo sobre transparencia, buen gobierno y rendición de cuentas y un título sobre órganos de garantía de la comunidad universitaria.
Por otra parte, y de acuerdo con la voluntad de la LOSU, se hace hincapié tanto en el valor de la internacionalización de las actividades universitarias y la movilidad de los miembros de la comunidad universitaria, como en las exigencias de calidad.
Y, de acuerdo además con la Ley de la Ciencia, se moderniza la regulación de los Institutos de Investigación y se marcan líneas generales sobre la investigación y la transferencia e intercambio del conocimiento e innovación.