Se abstienen los dos magistrados recusados por Atutxa en el recurso contra su absolución por no disolver SA

Actualizado: viernes, 16 junio 2006 18:55

MADRID, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los dos magistrados recusados por el ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, el ex parlamentario de EA Gorka Knörr y la representante de EB Kontxi Bilbao, en el recurso de casación contra su absolución por negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, presentaron hoy en la Sala Segunda del Tribunal Supremo sendos escritos en los que se abstienen de participar en el caso, al haber formado parte de la Sala del 61 que ilegalizó Batasuna, en marzo de 2003, confirmaron hoy fuentes del alto tribunal.

La recusación presentada pretendía apartar del estudio del recurso, presentado por el sindicato Manos Limpias contra la absolución de los dirigentes vascos, a los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo José Manuel Maza y Luis Román Puerta, porque ambos formaron parte de la Sala del 61 que ilegalizó Batasuna. El primero participó en la Sala Especial como magistrado más joven de la Sala Segunda y Luis Román Puerta era entonces el presidente de la citada Sala.

Ambos han decidido abstenerse, al entender sufiente el argumento de los acusados, aunque su decisión deberá ser ahora ratificada por la Sala Especial de la que formaron parte, que es muy estricta a la hora de aceptar abstenciones y recusaciones. La Fiscalía también ha informado a favor de la recusación. El trámite del incidente podría retrasar la vista del recurso, previsto en un principio para el próximo día 21, hasta después del verano.

ABSOLUCIÓN POR INVIOLABILIDAD PARLAMENTARIA.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) absolvió a Atutxa, Knörr y Bilbao del delito de desobediencia a la autoridad judicial del que estaban acusados, por haberse negado a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, al considerar que les amparaba la inviolabilidad parlamentaria, y que las actuaciones que desarrollaron eran "actos parlamentarios" realizados en la Cámara, que pretendían "preservar la autonomía parlamentaria". El TSJPV no entró a valorar "si hubo o no conducta delictiva" en los procesados al no disolver a Sozialista Abertzaleak, tal y como ordenó el Tribunal Supremo en ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna.

La sentencia absolutoria consideró "acreditado que los imputados actuaron gozando del privilegio de inviolabilidad parlamentaria", prevista en el Estatuto del País Vasco. Por ello, concluyeron que la Sala carecía "de jurisdicción para valorar si hubo o no conducta delictiva".

La Fiscalía se querelló contra los entonces miembros de la Mesa del Parlamento vasco, pero luego retiró su acusación. La absolución fue recurrida por Manos Limpias, que solicitaba una multa de 108.000 euros y dos años de inhabilitación para cada uno de los tres procesados.