Anuladas las actuaciones por presunta publicidad engañosa del PSOE, lo que permite volver a denunciarlas

Actualizado: lunes, 23 julio 2007 20:13

La Audiencia de Madrid afirma que el tribunal competente debe ser de lo Mercantil y no de Primera Instancia

MADRID, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto en el que declara la nulidad de todo lo actuado con respecto a la demanda presentada contra el PSOE por el abogado murciano José Luis Mazón por publicidad engañosa, al considerar que el partido incumplió una promesa electoral de 2004 relativa a la exigencia de responsabilidad a los jueces.

Esta resolución permite al letrado volver a interponer acciones por estos mismos hechos, que fueron inicialmente archivadas por la juez de Primera Instancia número 49 de Madrid, Amelia Reillo, en noviembre de 2006. El demandante, por su parte, anunció hoy a Europa Press que volverá a emprender acciones por este asunto ante el Juzgado de lo Mercantil que corresponda.

El archivo de la demanda por la juez Reillo motivó que el abogado solicitara a la Audiencia Provincial de Madrid la nulidad de todas las actuaciones desarrolladas hasta ese momento, al considerar que su demanda debería haber sido estudiada por los juzgados de lo Mercantil, que según la Ley Orgánica 8/2003 son los únicos que pueden conocer de los asuntos relativos a publicidad engañosa.

Esta atribución supone la nulidad de pleno derecho de todo lo actuado desde la presentación de esta demanda, que fue turnada en su día a un Juzgado de lo Civil no especializado.

NUEVAS ACCIONES.

El auto de la Audiencia de Madrid, que suscriben los magistrados Modesto de Bustos, Carlos Cezón, José González Olleros y José Luis Zarco, acuerda ahora la nulidad de todo lo actuado en este procedimiento desde la presentación de la demanda, en enero de 2006 "por falta de competencia objetiva del Juzgado de Primera Instancia, dejando a salvo el derecho de las partes a ejercitar acciones ante el tribunal que corresponde el conocimiento del asunto, que es el Juzgado de lo Mercantil".

El letrado demandante, representado por la abogada Encarnación Martínez Segado, se basa en la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en trámite por el Congreso de los Diputados y en la que "se consagra la irresponsabilidad de los magistrados del Tribunal Constitucional, en contra de lo prometido en 2004 por el PSOE".

Mazón basa su reclamación en la Ley de la Publicidad, que considera también aplicable al mercado electoral de los partidos políticos y pide que se declare judicialmente que la promesa electoral de potenciar la responsabilidad de los jueces y magistrados hecha por el PSOE en su programa 2004 "ha resultado ser engañosa y, por tanto, publicidad ilícita, retirándola del programa y con obligación de publicar la sentencia en dos periódicos de ámbito nacional".

Otra iniciativa del abogado José Luis Mazón provocó la condena de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a once magistrados del Tribunal Constitucional (TC), entre ellos su ex presidente Manuel Jiménez de Parga, a indemnizar con 5.500 euros (500 euros cada uno) a este letrado por archivar un recurso de amparo que éste presentó sin estudiarlo previamente.