La Asociación de Fiscales pide a Delgado que se abstenga de informar sobre las querellas y denuncias contra el Gobierno

Comparecencia de Dolores Delgado en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados
Comparecencia de Dolores Delgado en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados - RICARDO RUBIO - EUROPA PRESS - ARCHIVO
Publicado: miércoles, 15 julio 2020 13:54

En total hay 36 denuncias y 15 querellas contra miembros del Gobierno de Sánchez por su gestión de la crisis sanitaria

MADRID, 15 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Asociación de Fiscales (AF) ha solicitado este miércoles a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, que se abstenga de participar en el informe solicitado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) a la Fiscalía sobre su competencia, posible acumulación y fondo del asunto de un total de 51 denuncias y querellas formuladas contra el Gobierno de Pedro Sánchez por su gestión de la crisis sanitaria derivada del coronavirus.

En una carta dirigida a Delgado, la AF apunta que no albergan "ninguna duda sobre la obligatoria y necesaria abstención" de la titular de la Fiscalía General del Estado en ese asunto, y advierte de que "está en juego la apariencia de imparcialidad del Ministerio Fiscal en asuntos de enorme trascendencia y de constante repercusión mediática".

"Resulta, pues, evidente que la fiscal general del Estado no podrá intervenir en ninguno de los procedimientos trasladados y que por ello no podrá desarrollar las funciones que le son propias y que se derivan del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), debiendo ser sustituida en todas ellas por el Teniente Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo", recalcan.

Al hilo, explican que esa abstención de Delgado debe producirse ab initio, "tan pronto como los procedimientos indicados tengan entrada en Fiscalía", dado que así lo imponen "las importantes funciones que se atribuyen a la Fiscalía General del Estado y que de ordinario no se residencian en la emisión de dictámenes o informes, sino en la dirección del Ministerio Fiscal como Jefe Superior del mismo".

Así, indican que le corresponde impartir órdenes e instrucciones y, en general, la dirección e inspección del Ministerio Fiscal (artículo 22 del EOMF). "Para hacer efectiva esta función se desgranan facultades tales como la de recibir información, fijar criterios de actuación, designar o relevar a los fiscales en asuntos específicos e impartir órdenes o instrucciones en asuntos concretos", recuerdan.

EL TENIENTE FISCAL DE LA FISCALÍA DEL SUPREMO

A esto añaden que Delgado tiene también el deber de abstención y en consecuencia de ser sustituida, algo establecido y que va en favor del Teniente Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Luis Manuel Navajas. Así pues, resaltan que será él quien pueda además si lo considera oportuno apartarse de los criterios de distribución de trabajo preestablecidos y designar a los fiscales a quienes se encomiende el despacho de tales asuntos mediante la incoación del correspondiente procedimiento de avocación, o por el contrario mantener el turno de reparto.

Incide además que a este Teniente Fiscal le corresponderá también la convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala a los efectos de que sea oída cuando se pretenda dar por el FGE instrucciones que se refieran a asuntos que afecten directamente a miembros del Gobierno, circunstancia ésta que podrá o no concurrir.

En este sentido, desde la AF apuntan que dada "la complejidad y trascendencia que se adivina en los procedimientos derivados de las denuncias y querellas referidas", se aconseja la convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala para así garantizar "el rigor técnico-jurídico de los informes que hayan de emitirse y asegurar la efectividad del principio de unidad de actuación".

"La prudencia además impone preservar al Fiscal General del Estado por sustitución para el desarrollo de estas funciones de superior dirección y supervisión que quedarían huérfanas de titular y por lo tanto sin posibilidad de ejercicio si fuera él el encargado del despacho de los procedimientos", añaden.

Para reforzar su argumento, indican que la tarea de informar sobre 51 escritos de querellas o denuncias conllevaría una "intrínseca dificultad" par aun solo fiscal. Y recuerdan que entre las mismas habrá elementos comunes pero también diferenciadores, y que la respuesta a cuestiones procedimentales y de fondo marcarán decisivamente el devenir de los procedimientos en que se sustancien.

Por ello y "ante la falta de noticia sobre todo lo relativo a esta cuestión", la AF se dirige a la fiscal general del Estado para solicitarle información sobre si se han remitido desde el Supremo esos procedimientos incoados, y si se ha producido "la efectiva abstención" de Delgado en todos los procedimientos referidos y el modo en que se ha articulado la misma o deba articularse en el momento en que se reciban aquellos.