La Audiencia de Barcelona condena a dos responsables de Fecsa-Endesa por el gran incendio de 1998 en el Bages

Actualizado: jueves, 10 enero 2008 13:48

Los condenados y la compañía eléctrica deben indemnizar a una treintena de afectados con más de 10,6 millones de euros

BARCELONA, 10 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha impuesto dos años de cárcel y una multa de 3.000 euros a Agustín Manuel L.R. y Francesc Josep A.L., jefes de zona y de mantenimiento de Fecsa-Endesa en julio de 1998, por provocar "negligentemente" el incendio que aquel verano arrasó casi 18.000 hectáreas en el municipio barcelonés de Aguilar de Segarra. Un jurado les declaró en mayo responsables de descuidar la conservación del tendido eléctrico de la zona, cuyas "deficiencias" originaron el fuego.

La sentencia --de más de 100 páginas y que el magistrado-presidente ha tardado casi ocho meses en redactar-- condena también a un año de prisión a los dos pirómanos José María F.B. y José María P.O., de 33 años y vecinos de Puig-reig (Barcelona), por provocar en julio de 1998 cuatro incendios menores que devastaron unos 19.000 metros cuadrados en varios municipios de la Cataluña central, tal y como ellos mismos reconocieron durante el juicio. Los dos jóvenes, sin embargo, fueron declarados inocentes de causar el gran incendio de Aguilar de Segarra.

El fallo, por otra parte, condena a Agustín Manuel L.R. y Francesc Josep A.L. a indemnizar con más de 10,6 millones de euros a la treintena de afectados que reclamaron por los perjuicios que les causaron los fuegos, entre ellos las tres personas que resultaron heridas durante las tareas de extinción del incendio de Aguilar de Segarra. De dichas cantidades también deberá responder como responsable civil subsidiaria la compañía Fecsa-Endesa.

Un tribunal popular declaró la culpabilidad de los acusados el pasado 16 de mayo, aunque sólo respecto a cinco de los siete incendios que en julio de 1998 calcinaron casi 27.000 hectáreas en una veintena de poblaciones de las comarcas barcelonesas del Bages y el Berguedà, quedando impunes el incendio que arrasó 9.500 hectáreas en Cardona y el que afectó a 2.000 metros cuadrados de vegetación forestal en Montmajor.

Tras la decisión del jurado --que puso punto y final a un juicio que se alargó durante un mes y que fue uno de los más complejos celebrados con jurado en la Audiencia de Barcelona--, el magistrado-presidente condena a Agustín Manuel L.R. y Francesc Josep A.L. por un delito de incendio forestal por imprudencia grave, a la vez que por delitos de lesiones y daños, y a José María F.B. y José María P.O. por un delito continuado de incendio forestal.

La Audiencia de Barcelona ha tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas a la hora de condenar a los cuatro acusados, ya que el caso tardó nueve años en llegar a juicio. En lo que respecta a los dos pirómanos, además, se les aplica la eximente incompleta de alteración psíquica. El tribunal popular declaró probado que tenían disminuidas sus facultades, ya que José María F.B. sufría un trastorno grave de la personalidad con intentos de suicidio e ingresos psiquiátricos y José María P.O. padece un importante retraso mental.

"EVIDENTE" ESTADO DE "ABANDONO" DE LA LÍNEA.

La sentencia, en base al veredicto del tribunal popular, señala que el gran incendio de Aguilar de Segarra se inició a consecuencia del "mal estado general" del tendido eléctrico, que databa de 1913 y ya había provocado otras incidencias. Las "deficiencias" que presentaba, según la resolución, propiciaron la creación de un arco eléctrico entre los cables conductores de la línea y la caída de partículas incandescentes que incendiaron la vegetación reseca de la zona.

Para el jurado, el arco eléctrico no se hubiera producido si la línea de alta tensión hubiera estado provista de los correspondientes anillos de descarga, lo que era obligatorio al cruzarse una línea telefónica y una carretera con el tramo del tendido bajo el que comenzó el incendio. Los cables conductores, además, contaban con un número de aislantes inferior al mínimo recomendado por la normativa de seguridad para este tipo de líneas.

La sentencia, por otra parte, destaca que la línea eléctrica de Aguilar de Segarra se hallaba en un "evidente" estado de "abandono", ya que tenía los cables de tierra cortados, las torres estaban oxidadas y había gran cantidad de desechos en la proximidad de las torres y dentro de la zona de seguridad de la línea, entre ellos neumáticos, latas de pintura y botellas vacías.

En este sentido, el jurado valoró el informe de los agentes rurales, que destacaba el estado de abandono de la zona, la existencia de un empalme en la línea en el punto de ignición y el hallazgo de fulgurita bajo el tendido eléctrico, un mineral en forma de tubo que se forma tras la caída de un rayo o como resultado de una descarga eléctrica.

Además, los agentes rurales habían denunciado en "numerosas" ocasiones la "peligrosa proximidad de la vegetación a las líneas" y unos diez días antes del incendio una empresa subcontratada por Fecsa efectuó una tala forestal en la zona, dejando los troncos y las ramas resultantes en el corredor de seguridad de la línea, pese a que en el municipio de Aguilar de Segarra había un alto riesgo de incendio.

SU OBLIGACIÓN ERA CONOCER LAS DEFICIENCIAS.

El tribunal popular consideró al respecto que Agustín Manuel L.R., que actualmente es el responsable de Fecsa-Endesa en la zona de Girona, debía encargarse de la "conservación y el mantenimiento" de la línea de alta tensión que provocó el incendio y de la limpieza de la zona de seguridad y que, por tanto, "debería haber tenido conocimiento del mal estado general y deficiencias de dicha línea y de su zona de servidumbre".

El jurado tuvo en cuenta que Agustín Manuel L.R. sólo llevaba 18 días como jefe de zona cuando se produjo el incendio de Aguilar de Segarra, pero señaló que, "con independencia del tiempo que llevara en el cargo, debería haberse puesto al corriente de las deficiencias de la línea, sobre todo en lo que se refiere a las zonas más conflictivas", como era el caso.

En cuanto a Francesc Josep A.L., actualmente responsable de Fecsa-Endesa en la Catalunya central, el jurado consideró probado que, como jefe de mantenimiento, él sí tenía conocimiento del mal estado de la línea y que, aún así, no se ocupó de la conservación del tendido eléctrico.