La Audiencia de Valencia condena a seis años de prisión a un hombre que mató a otro a navajazos tras tomar droga

Actualizado: viernes, 9 febrero 2007 17:12

VALENCIA, 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

El magistrado-presidente del Tribunal del Jurado ha condenado a seis años de prisión a un hombre que mató a otro a navajazos en octubre de 2004 tras haber consumido droga en la zona de 'Las Cañas' de Valencia. El juez ha fijado esta condena tras el veredicto del jurado que consideró por unanimidad culpable de un delito de homicidio, con las circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal de reparación del daño y analógica de drogadicción. También ha obligado al condenado a pagar 120.000 euros a la madre del fallecido en concepto de responsabilidad civil.

La sentencia, según el relato de hechos que el jurado consideró probados, recoge que R.V.G., mayor de edad y vecino de El Puig (Valencia), se dirigió el 18 de octubre de 2004 --conduciendo un automóvil propiedad de su novia-- hacia la zona de 'Las Cañas' --frecuentada por toxicómanos y traficantes-- para adquirir drogas. De camino, se encontró con otro hombre y su hijo, quienes le acompañaron a comprar y consumir sustancias estupefacientes.

Durante parte de este viaje, también les acompañó la víctima, a quien el acusado propinó varios puñetazos y, acto seguido, le clavó la navaja con fuerza en la región torácica, sin intención de matar, pero sabiendo que su utilización podía producirle la muerte. Esta actuación le provocó un paro cardiaco y el fallecimiento.

El ahora condenado intentó en varias ocasiones marcharse conduciendo su coche pero se lo impidieron los otros dos hombres que se encontraban en el lugar, quienes lo introdujeron por fuerza en el coche. En el hospital, el acusado se encontraba en un estado de agitación, por lo que fue inmovilizado en la camilla por policías y celadores.

Según consta en la sentencia, el acusado cuando cometió los hechos era consumidor de metadona, benzodiacepinas, cannabinoides y cocaína. Asimismo, durante esa tarde había ingerido cocaína, por lo que sus facultades intelectivas se hallaban levemente disminuidas. Además, padece desde la adolescencia un trastorno de personalidad, que le supone una reducción del control de la impulsividad.

Al salir el acusado en libertad provisional en febrero de 2005, reanudó un tratamiento de la Unidad de Conductas Adictivas y comenzó una nueva terapia en un Centro de Día de 'Proyecto Hombre'. Desde junio de ese año hasta la actualidad, no ha tenido recaídas en su drogadicción y la evolución y el pronóstico del tratamiento.

Asimismo, con anterioridad al juicio, ingresó en la cuenta del juzgado 120.000 euros en pago de los daños y perjuicios pedidos por el fiscal como indemnización. También anteriormente consignó en el juzgado otros 60.000 euros para completar hasta 180.000 euros pedidos por la familia del fallecido.

El magistrado estima que el jurado ha cumplimentado el mandato contenido en el artículo 61 de la Ley Reguladora cuando exige una sucinta explicación de las razones por las que ha declarado o rechazando declarar determinados hechos como probados. Por ello, considera unánimamente culpable al acusado.

Además, el tribunal considera que ha habido en este caso dos circunstancias atenuantes y ninguna agravante, por lo que rebaja la pena solicitada por las acusaciones, y establece la pena de seis años de prisión.