Baleares aprueba el Decreto Ley de medidas cautelares que suspende proyectos urbanísticos en Ibiza y Palma

Actualizado: viernes, 23 noviembre 2007 15:53

Un informe de la Conselleria de Medio Ambiente deberá determinar la autorización para ampliar dos fincas en Son Espases

PALMA DE MALLORCA, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consell de Govern de las Islas Baleares aprobó hoy el Decreto Ley de medidas cautelares de protección del territorio, que supone la suspensión de los proyectos de urbanización en los humedales de Ses Fontanelles (Palma) y Ses Feixes (Ibiza), que representan 39,25 y 47,03 hectáreas, respectivamente, hasta que se apruebe el plan de reconversión urbanística de la Playa de Palma y se modifique el Plan General de Ordenación Urbana de Vila, respectivamente.

No obstante, esta normativa establece que tanto el plan de reconversión territorial de la Playa de Palma como la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Ibiza deberán "garantizar la preservación y el mantenimiento de los valores ambientales y patrimoniales" de Ses Fontanelles y Ses Feixes.

Asimismo, también se amplía el ámbito de las áreas de especial protección de Mallorca, lo que supone la desclasificación de las zonas de Cala Blanca (21,2 hectáreas) y Montport (25,51), en Andratx, Cala Marçal (132,6), Son Real (602,65), Alcanada (20,04), Regana (86,02), Can Vairet i alt (274,06), Muleta (4,61), El Vilar (6,75) y Cala Carbó (17,55), donde se paralizarán de forma definitiva cualquier edificación.

De esta forma, el Decreto Ley impedirá cualquier urbanización en La Victoria, las Dunas de Son Real, Punta Negra-Cala Mitjana, Marina de Llucmajor, Cap de Cala Figuera-Rafalbetx, Cap des Llamp y las Áreas Naturales de la Serra de Tramuntana.

En cuanto a la isla de Ibiza, el Decreto especifica la ampliación de la protección de Cap Llibrell, Cap Llentrisca-sa Talaissa, Cala Comte-Cala Bassa y las Áreas Naturales del Amunts de Ibiza, lo que significa que no se podrán ejecutar urbanizaciones ni ejecutar licencias de edificación en Roca Llisa (73,77 hectáreas), Cala d*Hort (111,56), Punta de sa Pedrera (21,59) y Benirrás (14,6).

El conseller de Movilidad y Ordenación del Territorio, Gabriel Vicens, indicó que el Ejecutivo también ha acordado solicitar un informe favorable a la Conselleria de Medio Ambiente para que autorice la aprobación del Proyecto de Ley de medidas urgentes de protección del territorio, dado que, según explicó, contempla incorporar dos nuevas fincas de utilidad pública y sanitaria en Son Espases, que ascienden a 17,29 hectáreas, y que serán compatibles con la preservación del Monasterio de La Real.

14 ZONAS PROTEGIDAS.

Vicens destacó que, mediante el Proyecto de Ley, se pretende proteger un total de 1.516,68 hectáreas en todo Baleares, de las que 1.230 están en Mallorca y 268 en Ibiza, lo que representa la desclasificación de 10 y 4 zonas, respectivamente, a las que se sumarán la suspensión de los proyectos de urbanización en Ses Fontanelles y Ses Feixes.

En este sentido, recalcó que el objetivo de estas normativas son "avanzar en la sostenibilidad" y evitar el "urbanismo a la carta", que, según denunció, impulsó el PP en la pasada legislatura, dado que, en su opinión, tenía un impacto "inasumible" en el territorio y el medio ambiente de las islas.

Por su parte, explicó que el Decreto Ley, que tendrá una aplicación inmediata desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, contempla en su artículo 2 la suspensión de los procedimientos administrativos y de las autorizaciones o licencias de edificación, así como el uso del suelo para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en el Área Natural de Especial Interés de Ibiza y Formentera.

Así, detalló que estas medidas se mantendrán hasta que el correspondiente instrumento de ordenación territorial de estas islas aprobado por los respectivos Consells fije, en su caso, los nuevos parámetros para la edificación en los ANEI, que tendrán en cuenta la calidad natural del territorio, así como su singularidad y los valores histórico-culturales vinculados al paisaje.

Asimismo, añadió que hasta que no entre en vigor la Ley de medidas urgentes, también quedará suspendida la tramitación de cualquier acto administrativo realizado al amparo de la disposición adicional 14 de la Ley 25/2006 de medidas tributarias y administrativas, que regulaba una excepcionalidad para las obras, instalaciones, actividades y establecimientos de temporada en el litoral, que ocupen un máximo de 150 metros cuadrados de superficie cubierta sobre rasante y estén ubicados en suelo rústico.

"La Conselleria ha tenido que hacer mucho trabajo con este Decreto Ley y con la Ley de medidas urgentes y ha sido un esfuerzo muy importante", destacó, al tiempo que remarcó que "siempre ha habido un consenso" respecto a estas normativas entre los miembros del Govern, aunque "se tenían que perfilar algunas cosas".

Además, resaltó que desde que el pasado 9 de noviembre presentara por primera vez estas normativas en el Consell de Govern, se han incorporado dos zonas nuevas de protección, en relación a las inicialmente previstas, refiriéndose así a Alcanada (Alcúdia) y Can Botana, situada junto a Cala Carbó (Pollença).

DEROGACIÓN DE LA LEY DE CAMPOS DE GOLF.

Por otra parte, Vicens explicó que el primero de los cinco capítulos de la futura Ley de medidas urgentes de protección del territorio regula las categorías de suelo y las reservas de vivienda protegida y la cesión de terrenos en las actuaciones urbanísticas, mientras que el capítulo 2 fija las determinaciones aplicables en los campos de golf, como consecuencia de la derogación íntegra de la Ley de Campos de Golf, aprobada en 1998.

De este modo, señaló que se posibilitará la denegación de la Declaración de Interés General de los campos de golf "en base a unos criterios de inoportunidad respecto a la incidiencia que puedan tener estas instalaciones deportivas" y añadió que también se prohibirá los usos residenciales o de alojamiento turístico en los campos de golf.

Por otro lado, reveló que el capítulo 3 de esta normativa modificará la Ley de Espacios Naturales para que se desclasifiquen las citadas 10 zonas de Mallorca y las 4 de Ibiza. Respecto al capítulo 4, informó que ampliará el ámbito del sistema de equipamientos sanitarios de Son Espases, a través de dos fincas colindantes, que serán declaradas de utilidad pública, para lo cual se requiere el citado informe de la Conselleria de Medio Ambiente.

Finalmente, el capítulo 5 de la Ley regulará que los Ayuntamientos dispongan antes del 1 de enero de 2009 de un catálogo de protección de patrimonio histórico.

En cuanto a las indemnizaciones a las que deberá hacer frente el Ejecutivo tras la aprobación de estas normativas, Vicens explicó que se estudiará cada espacio, pero precisó que éstas estarán relacionadas con los gastos ya realizados, que cuenten con sus correspondientes facturas y "en ningún caso con las expectativas de edificación".