Bono.- El Supremo continua revisando hoy la condena de tres policías por la detención ilegal de militantes del PP

Actualizado: viernes, 29 junio 2007 11:21

MADRID, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sala Segunda del Tribunal Supremo continúa estudiando hoy los recursos interpuestos contra la sentencia dictada en mayo de 2006 por la Audiencia Provincial de Madrid contra los tres policías implicados en la detención ilegal de dos militantes del PP que acudieron a la manifestación convocada por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) en enero de 2005, en la que el ex ministro de Defensa José Bono dijo haber sido agredido.

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que no pidió pena alguna para los acusados en el juicio que se celebró por estos hechos, presentó su anuncio de recurso cuatro días después de conocerse el fallo que condenó a cinco años de cárcel al inspector jefe Javier Fernández Gómez y al comisario jefe de la Brigada Provincial de Información Rodolfo Ruiz, mientras que al funcionario José Luis González Salgueiro se le impusieron tres años de reclusión.

El Ministerio Público recurrió en casación el delito de detención ilegal, por el que se impusieron dos años de cárcel a Javier Fernández y a Rodolfo Ruiz. También impugnó el de coacciones por el que, además, se condenó a este último a multa de 1.080 euros. En cambio, no recurrió el delito de falsificación de documento público, por el que se condenó a cada uno de los policías a tres años de prisión. El fiscal también pidió que otro tribunal repita el juicio contra los policías.

Por su parte, la Abogacía del Estado recurría los tres delitos al argumentar que si se llega a la conclusión de que no existe delito de detención ilegal, los agentes deben ser también absueltos del de falsedad, porque los dos están relacionados. En este sentido, afirmaba que "no hubo detención, de haberla estaba justificada, y de no estarlo, no había elemento subjetivo" que sustente la ilegalidad de la detención.

La Sala del Tribunal Supremo que revisa desde ayer a puerta cerrada esta condena está compuesta por el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y los magistrados Enrique Bacigalupo, Luciano Varela, Manuel Marchena y Andrés Martínez Arrieta, quien actuará de ponente de la sentencia.

En su recurso, el Ministerio Público defiende que la resolución dictada en su día por la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Madrid no es ajustada a derecho y que, pese a su contenido, "no ha quedado acreditado que la conducta de los acusados haya sido constitutiva de los delitos de detención ilegal, falsedad documental y coacciones" por los que han sido condenados.

En este sentido, alega los motivos de infracción de ley, por aplicación indebida de los artículos 167 (detención ilegal) y 172 (coacciones) del Código Penal, infracción de ley por error de hecho en la apreciación de la prueba e infracción de precepto constitucional.