Casi ocho años de proceso contra el brazo político de ETA

Actualizado: martes, 30 junio 2009 21:56


MADRID, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

La decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo de avalar la ilegalización de Batasuna dictada por los tribunales españoles supone la conclusión definitiva del proceso contra el brazo político de ETA iniciado en junio de 2002 con la aprobación en el Congreso de los Diputados de la Ley de Partidos Políticos.

Esta medida parlamentaria entró en vigor durante el gobierno de mayoría absoluta del Partido Popular y contó con el apoyo de los votos de PP, CiU, Coalición Canaria y el Partido Andalucista (PA) en el Parlamento. La Ley, ya en su exposición de motivos, explicita la intención de impedir "que un partido político pueda, de forma reiterada y grave, atentar contra ese régimen democrático de libertades, justificar el racismo y la xenofobia o apoyar políticamente la violencia y las actividades de las bandas terroristas".

A partir de ahí, el primer paso dirigido en concreto contra Batasuna y sus formaciones sucesoras se produjo el 3 de septiembre de ese mismo año --menos de tres meses después-- cuando tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado presentaron sendas demandas de ilegalización ante el Tribunal Supremo contra Batasuna, Herri Batasuna y Euskal Herritarrok por considerarlas parte de ETA.

Paralelamente a esta vía abierta en el alto tribunal, el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón también inició en abril de 2002 un proceso de suspensión de actividades por la vía penal contra estas formaciones que concluyó con la inhabilitación de la formación durante tres años, dictada el 26 de agosto de 2002. Esta situación ha sido prorrogada en varias ocasiones posteriormente.

Finalmente, el 28 de marzo de 2003 la Sala Especial del 61, establecida para entender sobre la ilegalización de partidos políticos, decretó la ilegalización de Batasuna y sus formaciones sucedáneas argumentando esta decisión como una medida "de protección de la democracia", ya que esas formaciones "son el complemento político de ETA", que ejerce "un riguroso control" sobre las mismas.

OTEGI: "DECLARACIÓN DE GUERRA"

En su sentencia, el alto tribunal destacaba además que dichos partidos han realizado "frecuentes llamadas a la violencia", por lo que era "proporcional" decretar su disolución teniendo en cuenta que ETA ha matado a cerca de mil "hombres, mujeres y niños". Ante aquella sentencia, el entonces parlamentario de Sozialista Abertzaleak, Arnaldo Otegi, calificó desde la Cámara Vasca que la resolución era una "declaración de guerra" y la enmarcó en "una estrategia de guerra que lo que busca es el aniquilamiento de las señas de identidad nacional del pueblo vasco".

No obstante, el Tribunal Constitucional apuntaló el recorrido judicial de esta formación el 17 de enero de 2004 respaldando la sentencia del Tribunal Supremo en contra del recurso de amparo que presentó el brazo político de ETA. La Sala Segunda del Tribunal Constitucional avaló por unanimidad la ilegalización acordada por el Tribunal Supremo, que además establecía el cese "inmediato" de todas las actividades de los partidos políticos disueltos, y ordenaba la apertura de un procedimiento de liquidación patrimonial de los mismos.

Agotado el recorrido en los tribunales españoles, Batasuna decidió recurrir ante la Justicia europea por medio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH). Esta instancia judicial el 14 de diciembre de 2007 admitió estudiar el recurso presentado por Batasuna contra su ilegalización en aplicación de la Ley de Partidos.

En concreto, el Tribunal de Estrasburgo consideró admisibles los argumentos presentados por Batasuna de que su ilegalización podría atentar contra la libertad de expresión y la libertad de asociación y reunión, consagradas en los artículos 10 y 11 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

El proceso concluyó hoy con un respaldo unánime a la actuación de los tribunales españoles por parte de la corte de Estrasburgo. De este modo, se concluye de manera definitiva el proceso que ha impedido la presencia del brazo político en las instituciones y que se inició con el nacimiento de la Ley de Partidos y cuya aceptación por parte del Tribunal Supremo abrió el camino a la hora de impedir que otras formaciones asumidas por Batasuna participasen del sistema democrático.

Ya el TS, en su sentencia de marzo de 2003, adelantaba que "a la conclusión de disolver el partido se llegará tantas veces como sea detectada la asunción o transmisión, a través de las fórmulas jurídicas que fuere, de aquel mismo contenido funcional en idéntico o similar régimen de reparto de tareas con la banda terrorista ETA".

Bajo estos parámetros, la segunda vez que la Sala Especial del 61 dictó una ilegalización fue el pasado septiembre de 2008 cuando disolvió a las formaciones ANV y PCTV por haber asumido el proyecto de ETA. Los servicios jurídicos del Estado instaron su disolución tras el asesinato a manos de ETA del concejal socialista de Mondragón, Isaías Carrasco, en marzo de ese mismo año.

Este asesinato supuso la confirmación definitiva de la ruptura del alto el fuego decretado por ETA entre marzo de 2006 y junio de 2007. Dentro de esta tregua ANV consiguió presentarse parcialmente a las elecciones municipales de mayo de 2007 después de que la Fiscalía y la Abogacía del Estado, tan sólo impugnaran ante el alto tribunal 133 listas del total de las presentadas en País Vasco y Navarra.

SUCESORAS DE BATASUNA

Antes de eso, el alto tribunal --con el respaldo del TC-- ya había dictado en otras ocasiones la anulación de listas electorales debido a su relación con la ilegalizada Batasuna.

Se trata de Sozialista Abertzaleak (grupo parlamentario de Batasuna en el Parlamento vasco disuelto por el TS en mayo de 2003); AuB (plataforma que trató de presentarse a las elecciones de mayo de 2003); Herritarren Zerrenda (candidatura que trató de concurrir a las europeas de 2004); Aukera Guztiak, (agrupación de electores presentada para los comicios autonómicos de abril de 2005); ASB (quiso estar presente en las municipales de 2007, pero el TS prohibió su inscripción en el registro de partidos lo que provocó la aparición de 246 listas bajo el nombre de Abertzalen Sozialistak en distintos municipios, que también fueron suspendidas); 3DM (presentada para los comicios autonómicos del pasado marzo.

La única excepción se produjo en el marco de las pasadas elecciones europeas del 7 de junio, cuando la la lista de la coalición Iniciativa Internacionalista-la Solidaridad entre los Pueblos fue anulada por el Tribunal Supremo, pero a última hora recibió el permiso del Tribunal Constitucional para concurrir a las urnas al considerar que no había pruebas suficientes para considerarla sucesora de las formaciones ilegalizadas.