Cazadores indemnizan con 90.000 euros a un hombre que perdió los ojos al chocar su coche contra una piara de jabalíes

Jabalíes
GENCAT
Actualizado: domingo, 25 mayo 2014 11:03

El Supremo exonera a la aseguradora del vehículo al concurrir "fuerza extraña a la conducción"

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que exoneró de responsabilidad civil a la aseguradora de un coche que tuvo un accidente al chocar contra una piara de jabalíes que procedía de un coto por el que pasaba la carretera. La víctima, que viajaba como pasajero y perdió los dos ojos, deberá conformarse con los 90.000 euros que pactó como indemnización con la sociedad de cazadores.

La resolución del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, da por acreditado que la víctima iba como pasajero en el vehículo que circulaba el 30 de diciembre de 2007 por la AS-15, en el término municipal de Salas (Oviedo), y que colisionó con una piara de jabalíes procedente del coto propiedad de la sociedad de cazadores "El Viso".

Como consecuencia del accidente uno de los viajeros, de 26 años, sufrió lesiones que supusieron la pérdida de los dos ojos, perjuicio estético importante y trastorno depresivo reactivo. Su minusvalía es del 83 por ciento y quedó al cuidado de su madre, ya fallecida, y actualmente de su hermana.

El litigio en el Supremo, una vez que la víctima pactó el cobro de una indemnización de 90.000 euros a pagar por la sociedad de cazadores, se centra en la reclamación que el joven y las dos mujeres presentaron contra Axa, aseguradora del vehículo.

El Juzgado de Primera Instancia de Grado (Asturias) condenó a la aseguradora a abonar 554.404,74 euros al hombre y 70.000 a su madre, si bien posteriormente la Audiencia Provincial absolvió a la sociedad al entender que no hubo conducta negligente por parte del conductor, lo que condujo a declarar la inexistencia de responsabilidad civil alguna.

Con este criterio coincide el alto tribunal, que analiza que el coto carecía de vallado en la zona inmediata con la carretera; que se habrá efectuado una cacería el mismo día del siniestro y que los titulares del coto ya indemnizaron al reclamante con 90.000 euros. Así, se desestima la demanda contra la aseguradora "al concurrir fuerza mayor extraña a la conducción del vehículo".

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