MADRID, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad ha impuesto en lo que va de año un total de 903.250 euros en sanciones por publicidad engañosa, según informó hoy el Gobierno regional.
Estas sanciones afectan a varios soportes, como spots de televisión, anuncios en prensa, folletos, catálogos e incluso tiques de compra. Otro de los casos investigados afecta a una cadena de supermercados, que ofertaba productos en promoción a través de folletos. Los inspectores de consumo visitaron uno de sus establecimientos y comprobaron que, en realidad, la mitad de ellos estaban agotados.
Por el mismo motivo, se ha sancionado a una gran superficie de electrodomésticos que, además, distribuía un folleto que podía llevar a los consumidores a engaño por otra razón, ya que anunciaba un móvil, un LCD y un ordenador y junto a ellos aparecía un precio de 699 euros con la expresión '¡Móvil, LCD y ordenador!'. En cambio, el personal de la tienda admitía que el precio era sólo del ordenador.
Asimismo, otra cadena de tiendas de electrodomésticos argumentó un error tipográfico para no cobrar el precio anunciado en su folleto para una cámara de vídeo, sino uno superior. Este argumento no exime de cumplir lo prometido, por lo que fue sancionada.
En el terreno de la enseñanza, una academia de Madrid ofrecía en su publicidad en medios de comunicación titulaciones de nivel universitario, a pesar de que se dedicaba a la enseñanza a distancia no reglada careciendo de la capacidad de prestar el servicio que anunciaba.
Por otra parte, también se ha encontrado información engañosa en tiques de compra. Por ejemplo, el comprobante de la compra de una cadena de tiendas de ropa establecía que el cliente disponía de 30 días para cambios, pero en época de rebajas la empresa se negaba a aplicar dicha garantía explicando a los clientes que en dicho periodo de ventas los días quedaban reducidos a 15.
Según explicó la directora general de Consumo, Carmen Martínez de Sola, "desde enero, los servicios de inspección han abierto 38 expedientes por este motivo, que han finalizado en sanción debido a la falta de veracidad informativa de las ofertas comerciales, lo que se considera una infracción grave que atenta contra los derechos de los consumidores".
LEY DE PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
En concreto, las infracciones vulneran lo establecido en la Ley 11/98, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, entre otras disposiciones.
Estas actuaciones han sido llevadas a cabo a raíz de denuncias y reclamaciones de los propios consumidores, pero también a partir de actuaciones de oficio realizadas por los inspectores de consumo de la Comunidad. El año pasado las multas por este motivo ascendieron a 992.964 euros.
Martínez de Sola añadió que por lo general, "la publicidad transmite correctamente las características esenciales de los productos y los servicios ofertados y se ajusta a la realidad". "No obstante, hay casos en que esto no es así y los consumidores tienen derecho a denunciarlo ante las oficinas de consumo, de manera que se puede actuar", añadió.
"Por ejemplo, en la Dirección General de Consumo, el año pasado registramos 469 reclamaciones por publicidad engañosa y este año ya llevamos más de 200", explicó Martínez de Sola.
Asimismo, la directora general de Consumo animó a todos los consumidores a que reclamen por este tipo de situaciones, ya que "la información veraz en la promoción de productos y servicios es uno de los derechos fundamentales que les asisten".
ALGUNOS HECHOS SANCIONADOS
Entre los anuncios televisivos destaca la sanción impuesta a un fabricante de coches. La película mostraba a un conocido tenista junto al coche promocionado impulsando una pelota hasta llegar a la cantidad de 243 c.v., con lo que el espectador asociaba dicha cifra con la potencia máxima a la que podía llegar el vehículo. El problema es que el coche no la alcanzaba.
Una agencia de viajes fue sancionada por la Dirección General de Consumo porque un anuncio suyo en prensa ofertaba diversos destinos con la expresión 'todo incluido'. En cambio, a pie de página aparecía en letra pequeña una leyenda excluyendo tasas, gastos de gestión y suplementos por aumento de combustible, sin especificar sus importes.
Por otro lado, los inspectores de consumo comprobaron que una gran superficie anunciaba un coche de juguete de control remoto con unas prestaciones que no eran reales. El coche estaba anunciado en un catálogo distribuido en buzones que señalaba que el juguete permitía la apertura de las puertas, el capó y el portón trasero, cuando en realidad era compacto, sin permitir ningún tipo de apertura.