SANTA CRUZ DE TENERIFE 5 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condena a 13 años de prisión a María Paz M.R., con enfermedad mental, por el asesinato de su ex pareja sentimental, Bernfried K.G.
La sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, dictada por un tribunal presidido por el juez Emilio Moreno, condena a la acusada como responsable penalmente en concepto de autor de un delito de asesinato en grado de consumación, con la concurrencia de la agravante de parentesco y la eximente incompleta de enfermedad mental o alteración psíquica, a la pena de 13 años de prisión con accesoria de inhabilitación absoluta para el derecho de sufragio pasivo durante la condena.
También se impone a la procesada el pago de las costas del juicio y se la condena a indemnizar a los herederos legales de la víctima con 120.000 euros. Contra este fallo puede interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
Los hechos condenados ocurrieron el 24 de agosto de 2007 en la urbanización Coral Mar. Aquel día la acusada, mayor de edad y sin antecedentes penales, según reza el fallo del tribunal, guiada por la intención de acabar con la vida de la víctima, y haciendo uso de un cuchillo de cocina de 21 centímetros de hoja, le asestó una puñalada.
La procesada apuñaló al fallecido mientras dormía. A continuación abandonó el domicilio y dejó a la víctima agonizando hasta que murió momentos después tras sufrir fuertes dolores abdominales.
El tribunal deja claro en su fallo que la acusada padece un trastorno mixto de personalidad de tipo de inestabilidad emocional y paranoide, un trastorno bipolar y un abuso de alcohol, que le provocan que ante situaciones de estrés emocional, presente descompensación psicopatológica que determina una alteración de su conducta e ideación paranoide. Estos síntomas implican que al momento de cometer los hechos tenía afectadas las facultades de entender y/o querer hasta el punto de ver afectada su capacidad para actuar en consecuencia.
La acusada fue compañera sentimental de la víctima y confesó los hechos a la Policía Local antes del inicio de las actuaciones judiciales, aunque modificó su versión sustancialmente durante el proceso.