Condenada a tres años por arrancar a una menor un trozo de oreja de un mordisco en una pelea de pub

Actualizado: lunes, 30 julio 2007 17:16

ALMERÍA, 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a tres años de prisión a M.C.M., una joven almeriense de 29 años que, durante el transcurso de una reyerta en un pub capitalino en la madrugada del 20 de septiembre de 2003, arrancó de un mordisco parte de la oreja a una menor de 17 años, D.U., que precisó hasta tres operaciones de estética que no le han reparado, en su totalidad, el daño.

M.C.M., quien durante la vista oral negó en todo momento ser la autora del bocado, deberá indemnizar asimismo a la víctima por las secuelas psicológicas y el estrés postraumático con 30.000 euros, 10.000 euros más con respecto al importe solicitado por la Fiscalía en su escrito de conclusiones, en el que pedía cuatro años de cárcel por un delito de lesiones con deformidad frente a la libre absolución solicitada por la defensa.

La magistrada de la Sección Tercera Társila Martínez considera probado en su sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que la acusada, tras iniciar una pelea pasadas las 04.45 horas en el pub 'Dolce Vita' de Almería con una amiga de la víctima, se abalanzó sobre ella y le mordió el pabellón auricular izquierdo tan fuertemente --ahonda el fallo-- que ni siquiera terceras personas conseguían que la soltara.

Como consecuencia del acto, D.U. sufrió la amputación traumática de todo el hélix y parte del antihélix de la oreja, por lo que precisó tratamiento antibiótico, tres intervenciones quirúrgicas para la reconstrucción y anteplastia de silicona que le dejaron una cicatriz de cinco centímetros. La víctima tardó en curar 224 días, ocho de los cuales los pasó hospitalizada y 60 de baja médica.

En el apartado de fundamentos de derecho la magistrada sostiene que la lesión perpetrada por M.C.M reúne los requisitos para constituir una irregularidad física visible que constituye, a su juicio, un estigma que acompañará a la víctima el resto de su vida ya que altera la morfología de su cara y le rompe la armonía facial.

ACREDITADA LA AUTORÍA.

Considera, asimismo, acreditada la autoría de la condenada debido a los testimonios durante la prueba testifical por parte de amigos, responsables del pub y agentes de la Policía local que intervinieron tras los hechos pese a reconocer los cambios físicos operados en M.C.M quien se personó en la sala con el pelo tintado de moreno, liso y visiblemente más delgada.

El fallo concede, por otra parte, escaso valor a la declaración de la acusada y su hermana, también implicada en la reyerta ya que ambas sólo sufrieron erosiones en cuello y brazo y nunca interpusieron denuncia por agresión ante la Comisaria de la Policía Nacional en Almería.