MADRID, 8 (EUROPA PRESS)
La ponencia de la Comisión de Justicia del Congreso encargada de la reforma del Código Penal ha llegado a una serie de acuerdos para endurecer las penas a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de construcción o urbanización en suelo no urbanizable o considerado de especial protección.
Según informaron a Europa Press en fuentes parlamentarios, los grupos parlamentarios acordaron fijar entre uno y cuatro años las penas de prisión por llevar a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección.
Hasta ahora, las penas de prisión eran de seis meses a tres años. En el caso de que dicha obras se realicen sin autorización en suelo no urbanizables, las penas de cárcel serán de uno a tres años, frente a las anteriores, de entre seis meses y tres años. Asimismo, se endurecen la inhabilitación para los culpables, que pasan a bascular entre los uno y cuatro años.
Las multas se mantienen entre los doce y los veinticuatro meses, si bien el Congreso introduce la prevención de que, en el caso de que el beneficio obtenido por el delito fuese superior a la cantidad resultante, la multa se podría elevar hasta el triple del montante de dicho beneficio.
Asimismo, señala que en los supuestos en los que el responsable fuera una persona jurídica, se le impondrá la pena de multa de dos a cinco años, en cuyo caso la multa será del triple del montante de dicho beneficio.