El Consejo de Gobierno de la Junta aprueba hoy el proyecto de Ley que regulará la clonación terapéutica en Andalucía

Actualizado: martes, 12 septiembre 2006 9:30

SEVILLA, 12 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía tiene previsto aprobar hoy, en su habitual reunión semanal, el proyecto de Ley que regulará en la comunidad autónoma la transferencia nuclear con fines terapéuticos, conocida como clonación terapéutica, informaron a Europa Press fuentes de la Oficina del Portavoz.

El proyecto de Ley, que será remitido a continuación al Parlamento andaluz, pretende regular esta técnica, consistente en la transferencia del núcleo de una célula de tejido adulto a un óvulo enucleado (al que se le ha quitado el núcleo), para que sea reprogramada y pueda generar células madre pluripotenciales capaces de dar origen a cualquier tipo de tejido u órgano.

Según adelantó la consejera de Salud, María Jesús Montero, a finales de diciembre, cuando la futura norma inició su tramitación, la intención de esta técnica es conseguir células madre pluripotenciales que puedan ser posteriormente implantadas en el donante, con el fin de evitar tanto el problema del rechazo en los transplantes de órganos donados como de los tratamientos con inmunosupresores, algo de vital importancia en el trasplante de órganos o en el caso de pacientes con leucemia.

Junto a la transferencia nuclear, la futura norma recogerá y regulará también la investigación de otras técnicas, actualmente en fase de experimentación, para obtención de células madre a partir de células adultas. En este sentido, el proyecto de Ley recoge "taxativamente" la prohibición de usar esta técnica con fines reproductivos, para lo que establece que el ovocito reprogramado no podrá evolucionar más allá de 14 días ni ser implantado en el útero de una mujer.

COMITÉ DE INVESTIGACIÓN DE REPROGRAMACIÓN CELULAR

Aunque el desarrollo de estos estudios en Andalucía cuenta con el informe favorable previo de la Comisión Autonómica de Ética e Investigación Sanitarias, el futuro texto legal prevé también la creación de un comité específico de investigación de reprogramación celular, un órgano que estará adscrito a la Consejería de Salud y por el que tendrán que pasar aquellos proyectos que quieran validar su investigación mediante dicha técnica biomédica.

Este comité, que estará integrado por autoridades de reconocido prestigio en los campos de la biomedicina, el derecho y la bioética, se encargará de autorizar los proyectos de investigación, garantizar su buen desarrollo y velar por las condiciones en las que se realiza el consentimiento informado de los donantes de los óvulos y las células.

La futura norma define asimismo los requisitos que deben reunir los trabajos de investigación y los centros en los que se lleven a cabo. De este modo, se establece que los proyectos deberán tener siempre interés científico relevante, carecer de carácter lucrativo y acreditar que su finalidad es mejorar la salud y la calidad de vida de los ciudadanos.

Para la autorización de cada proyecto será necesario determinar, como mínimo, la identidad del investigador principal, el plazo de desarrollo y el número y procedencia de los óvulos y células que se van a utilizar. Además, las investigaciones sólo podrán llevarse a cabo en los centros autorizados.

DONACIÓN ANÓNIMA Y SIN CARÁCTER LUCRATIVO

Respecto a la donación de los óvulos y de las células adultas a las que se extraerá el núcleo, ésta deberá ser siempre anónima y confidencial y "carecer" de carácter lucrativo o comercial. Los donantes tendrán que ser mayores de edad, acreditar plena capacidad y gozar de buen estado de salud. Previamente a la donación, deberán ser informados acerca de sus objetivos e implicaciones. Una vez recibida esta información, podrán prestar su consentimiento por escrito, que será revocable y modificable en el tiempo.

Según la Junta, en la actualidad sólo ocho países y seis estados de EE.UU. disponen de leyes que permiten la transferencia nuclear con fines terapéuticos, mientras que tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) como el ordenamiento jurídico español rechazan la clonación reproductiva, pero permiten la donación de los elementos necesarios para la transferencia nuclear (el óvulo y la célula somática).