Cuixart recurre al TC como "última oportunidad" para que la justicia española elimine la sedición y se "adapte" a Europa

El abogado de Jordi Cuixart, Benet Salellas; el vicepresidente de Omnium, Marcel Mauri, y catedráticos de Derecho Penal y Constitucional presentan en rueda de prensa el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Supremo.
El abogado de Jordi Cuixart, Benet Salellas; el vicepresidente de Omnium, Marcel Mauri, y catedráticos de Derecho Penal y Constitucional presentan en rueda de prensa el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Supremo. - EUROPA PRESS
Publicado: viernes, 6 marzo 2020 14:42

mnium Cultural exige la eliminación de ese delito del Código Penal y una ley de amnistía como "única" vía para llegar a una solución

MADRID, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -

El presidente de mnium Cultural, Jordi Cuixart, ha presentado este viernes ante el Tribunal Constitucional (TC) su recurso de amparo contra la sentencia por sedición que le impuso el Tribunal Supremo y que supuso una pena de prisión de 9 años. La defensa considera este trámite como la "última oportunidad" que tiene la justicia española para eliminar este delito, que ve como un "instrumento de represión del siglo XIX", y "homologarse a los estándares europeos".

Así lo ha explicado el abogado de Cuixart, Benet Salellas, durante la presentación del recurso en una rueda de prensa en Madrid, en la que ha insistido en que el delito de sedición "no es propio de democracias consolidadas" y en el ordenamiento jurídico español es un "fósil jurídico", por lo que conviene que se declare su inconstitucionalidad.

Salellas ha explicado que el recurso de amparo gira en torno a las "vulneraciones de derechos fundamentales" que, en su opinión, se han venido produciendo en toda la causa contra el 'procés' independentista, sobre todo en lo que respecta a la interpretación que ha hecho el Supremo del derecho de reunión y manifestación.

LEYES FRANQUISTAS

A su juicio, se ha producido una "injerencia en los derechos civiles y políticos" de los ciudadanos al condenar a Cuixart por las protestas del 20 de septiembre y el referéndum del 1 de octubre, de las que ha destacado su carácter "pacífico". También considera que el Supremo no ha definido el concepto de orden público en un Estado democrático, sino que se basa en la idea que se plasmaba en las leyes franquistas.

Para Salellas, con su sentencia, el alto tribunal considera "anormal ejercer derechos fundamentales", y por eso cree que es necesario que el Constitucional "defina el concepto de orden público", sobre todo de cara a otros juicios que se van a celebrar próximamente en Cataluña por sucesos en el marco del 'procés' y en los que se acusa de desórdenes públicos o atentado a la autoridad.

El abogado opina que el juicio del Supremo se enmarca en una "operación del Estado" para castigar a los líderes del 'procés' y que "la gente dejara de protestar", pero ha advertido del riesgo de que se convierta en jurisprudencia para "limitar el ejercicio legítimo de la libertad de reunión". "Las manifestaciones no pueden considerarse alteraciones de orden público", ha remarcado.

Por todo ello, el vicepresidente de mnium Cultural, Marcel Mauri, ha insistido en la eliminación del delito de sedición y ha reiterado que su organización considera que la reforma que se ha anunciado del Código Penal "no soluciona absolutamente nada", aunque se rebajen las penas.

A su juicio, la "única forma" posible para tratar de "resolver el conflicto" es una ley de amnistía que ponga en libertad a todos los condenados por el 'procés' y que anule el resto de causas que aún están pendientes de juzgar en Cataluña.

INSTRUMENTO CONTRA LA DESOBEDIENCIA CIVIL

El recurso de amparo ha sido coordinado por la defensa de Cuixart, pero ha contado con la colaboración de catedráticos de Derecho Constitucional y Derecho Penal, que han criticado en la rueda de prensa que el Supremo utilice el Derecho para sancionar el ejercicio de manifestación y reunión, pues puede convertir el delito de sedición en un "instrumento contra todo el colectivo de desobediencia civil", para lo que han mencionado en varias ocasiones el ejemplo de los desahucios.

Para la catedrática Merc Barceló, el Supremo "debería haber valorado que la conducta de Cuixart estaba amparada por un derecho fundamental", pues así lo resalta la jurisprudencia tanto del Constitucional como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo. De hecho, reprocha que los magistrados sólo dedicaron tres páginas de su sentencia a este derecho cuando es "el termómetro de cualquier Estado democrático".

Por otro lado, el recurso ante el Constitucional incide en la competencia del Supremo para juzgar a Cuixart, pues es "un tribunal de aforados" y el presidente de mnium no es político ni estaba en ningún partido. También resaltan la vulneración de derechos lingüísticos que, en su opinión, se ha producido en todo el procedimiento.