MADRID 25 Jul. (EUROPA PRESS) -
Ecologistas en Acción defendió hoy que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) en la que establece que la legislación comunitaria exige que las obras en vías urbanas, como la M-30, se sometan a una evaluación de impacto ambiental previa, viene a señalar la "continua vulneración de la ley ambiental" cometida por el alcalde de la capital, Alberto Ruiz-Gallardón.
"Pese a los intentos de distracción del Ayuntamiento, pocas dudas hay de la continua vulneración de la legislación ambiental que ha supuesto esta obra, que sólo ha estado sujeta a los intereses electoralistas de Ruiz-Gallardón", sentenciaron desde Ecologistas en Acción a través de un comunicado en el que recuerdan que las obras de la M-30 cuentan con "un procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea, un duro informe del Parlamento Europeo y, ahora, un refrendo de su ilegalidad por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea".
El TUE afirma que corresponde al juzgado de lo contencioso administrativo número 22 de Madrid, que fue quien consultó al Tribunal de Luxemburgo, determinar si en el caso concreto de la M-30 se ha vulnerado la normativa de la Unión Europea.
La Comisión Europea abrió en 2006 un expediente sancionador contra España por las obras de soterramiento de la M-30 al considerar que vulneraban la legislación medioambiental comunitaria. Sin embargo, el expediente se encuentra paralizado gracias al acuerdo alcanzado entre el Ejecutivo comunitario y el Ayuntamiento de la capital para realizar una evaluación de impacto 'a posteriori'. Bruselas considera que Madrid está respetando este acuerdo aunque con algunos retrasos en los plazos.
La sentencia responde a una pregunta presentada al TUE por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 22 de Madrid en el marco de un litigio entre Ecologistas en Acción y el Ayuntamiento de la capital a propósito de las obras de la M-30. La organización ecologista recurrió ante la justicia la aprobación del proyecto de soterramiento.
Ecologistas en Acción, que defiende "la nulidad de los proyectos por la flagrante vulneración de la normativa medioambiental y de protección del patrimonio histórico y cultural", mostraron hoy su satisfacción por una sentencia que establece que el hecho de que una autovía se declare como urbana no la exime del cumplimiento de la legislación sobre evaluación ambiental y que "tampoco es admisible que se troceara en diferentes proyectos para eludir esta misma evaluación".
En este sentido, como explicó la organización ecologista, la sentencia concluye que no es admisible "el troceado en 15 proyectos que realizó el Ayuntamiento de Madrid para evitar que alguno de ellos tuviese una longitud superior a 5 kilómetros, lo que infringiría la ley autonómica, o 10, que es el límite para realizar evaluación de impacto según la normativa estatal y europea.
La misma organización destacó que el Tribunal de Luxemburgo apunta que "la circunstancia alegada por el Ayuntamiento de Madrid de que los proyectos controvertidos en el litigio principal producirán efectos beneficiosos para el medio ambiente no es pertinente cuando se trata de apreciar la necesidad de someter tales proyectos a una evaluación de su impacto ambiental".