Economía/Finanzas.- El PP cree que la Ley Hipotecaria "no es suficiente" para hacer frente a las condiciones del mercado

Actualizado: lunes, 15 octubre 2007 19:11

MADRID, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

El portavoz adjunto del PP en el Congreso, Vicente Martínez-Pujalte, lamentó hoy que el proyecto de Ley por el que se modifica la Ley de regulación del mercado hipotecario no suponga una medida "suficiente" para hacer frente a las actuales condiciones del mercado hipotecario español.

Martínez Pujalte afirmó que el proyecto de ley supone un "avance mínimo, sobre todo teniendo en cuenta la que ha caído", aunque se mostró confiado en que será aprobada mañana en su paso por la Comisión de Economía y Hacienda de la Cámara Baja.

"El Partido Popular facilitó el trámite de la ley cuando había algún grupo que quería interrumpirlo o que se alagaran los plazos" recordó Martínez-Pujalte, quien hizo hincapié en que el texto que se votará para su remisión al Senado tiene casi dos años.

"Estamos un momento muy complejo", aseguró Martínez Pujalte, quien resaltó la reducción en el número de préstamos para al adquisición de una vivienda con respecto al año anterior y recalcó que hubiera preferido que el proyecto de ley hubiera suprimido muchos más gastos de cancelación, de cambio de hipoteca, e incluso que facilitara la competencia" para que los ciudadanos puedan cambiar de entidad financiera.

En este sentido, explicó que la mayoría de las hipotecas que se firman en España son a tipo variable, "lo cual nos hace mucho más vulnerables al alza de los tipos de interés", por lo que destacó que el Partido Popular incluirá en su programa electoral medidas para facilitar el cambio a hipotecas de tipo fijo, tal y como se anunció durante la Conferencia sobre Vivienda celebrada por el principal partido de la oposición a finales de septiembre.

REDUCCIÓN DE LA COMISIÓN MÁXIMA DE CANCELACIÓN.

El Gobierno aprobó en marzo el texto con el objeto de adaptar el marco regulatorio a los nuevos instrumentos y ampliar las posibilidades de elección de entidades, con una oferta mayor de préstamos hipotecarios.

Entre las medidas más importantes de la ley, que se aplicará a los préstamos contratados a partir de su entrada en vigor, se encuentra la reducción del 1% al 0,5% de la comisión máxima por cancelación anticipada de hipoteca o subrogación en las firmadas a tipos de interés variable.

En las hipotecas suscritas a tipos de interés fijo, este porcentaje del 0,5% solo podrá aumentarse cuando la cancelación anticipada o subrogación genere una ganancia de capital para el prestatario y una pérdida de capital para la entidad, esto es, si los tipos de interés están por debajo del tipo al que se contrató la hipoteca.

En este caso, el porcentaje de la comisión que pueden aplicar las entidades financieras es libre, tal y como sucede ahora con la cancelación anticipada en préstamos a tipos de interés fijo. Sin embargo, la entidad no podrá cobrar esta compensación si la cancelación anticipada o subrogación le genera una ganancia y una consiguiente pérdida para el cliente, por ejemplo, en un contexto como el actual de subida de tipos de interés.

Además, el proyecto de Ley amplía el concepto de novación de los préstamos y créditos hipotecarios, ya que la ampliación del principal de la hipoteca también se considerará a partir de ahora novación, junto con la alteración de las condiciones del tipo de interés inicialmente pactado o la alteración del plazo, del método o sistema de amortización. Según el Gobierno, la ampliación de este concepto supone un "importante ahorro" de costes registrales y notariales.

La reforma de la Ley Hipotecaria habilita también al ministro de Economía y Hacienda a aprobar una orden de transparencia con el objetivo de ampliar la información que deben dar las entidades de crédito a los tomadores de un préstamo hipotecario, ofreciéndoles los riesgos reales, sin coste añadido, para que puedan comparar con más criterio entre los distintos productos de diferentes entidades financieras.

INDEPENDENCIA DE LOS TASADORES.

Otro de los principales objetivos del texto es garantizar la independencia de las sociedades de tasación y, para ello, el Gobierno ha recogido en la citada norma un catálogo de infracciones muy graves, graves y leves, con sus correspondientes sanciones.

En este sentido, el texto contempla que el Gobierno pueda inhabilitar de forma definitiva a las sociedades de tasación que hayan "faltado a la veracidad" en sus valoraciones de los inmuebles que posteriormente se utilizan como garantía de los préstamos hipotecarios.

Esta práctica será considerada como una infracción "muy grave", que puede llevar aparejada la pérdida de homologación para prestar los servicios de tasación, además de una multa económica por importe de hasta el 1% de los recursos propios de la entidad, con un límite máximo de 300.000 euros.