MADRID 26 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional ha condenado hoy a Borja Oregui Urrutia, juzgado el pasado lunes, a dos años y medio de cárcel e inhabilitación absoluta durante ocho años y medio por realizar "una actuación de lucha callejera" lanzando un cóctel molotov contra la puerta de una oficina de correos en la localidad de Markina-Xemein (Vizcaya) la noche del 25 al 26 de mayo de 2007, pero no considera probado que esa misma noche atacase también una subdelegación de telefónica y quemase un contenedor de basura.
El tribunal condena a Oregui por este delito, y no por los otros dos, porque, aunque había reconocido los tres ante la Policía, sólo ratificó ante un juez la quema de la oficina de correos. "Existen elementos indiciarios por la simultaneidad de las acciones, por el material empleado y la aparición de las mismas octavillas, para pensar que estas acciones pudieron haber sido realizadas por las mismas personas, pero también son posibles otras hipótesis", recoge la sentencia.
Asimismo, la Sala considera que las octavillas, en las que estaba escrito en euskera: "¡A la imposición mediante la fuerza! ¡A la negación de Eukal Herria y a la ilegalización responder con la dureza! ¡Levantad barricadas!. Atacad al PSOE. En contra de los intereses económicos de España" aclaran "aún más" la intencionalidad "de alterar la paz ciudadana y atentar contra intereses económicos reputados estatales, por otro lado implícita en la acción realizada".
En cuanto a la supuesta presión policial por la que aseguró haberse declarado culpable de los hechos, los magistrados de la Audiencia no cree posible que, siendo una persona adulta y formada, hubiesen podido mover su voluntad hasta el punto de hacerle reconocer hechos que no hubiese cometido.
En relación con la delcaración de dos compañeros de trabajo de Oregui, que manifestaron que esa noche estuvo trabajando, los magistrados no creen que sean "suficientes para desvirtuar las pruebas expuestas" porque no es hasta 2010 cuando han tratado de recomponer el turno de trabajo que debió tener esa semana.
"UN ESFUERZO MEMORÍSTICO IMPOSIBLE"
"Resulta un esfuerzo memorístico imposible pretender, sin apoyo en documentación de la empresa sobre el personal de cada turno, que en el año 2010 puedan los testigos recordar no sólo que el 25 de mayo de 2007 hacían turno de noche, sino también la presencia del acusado con ellos en el coche camino del trabajo, máxime cuando se trata de una persona que tiene un puesto de trabajo distinto y con la que sólo coinciden en las horas de entrada y salida" recoge la sentencia.
Durante el juicio, la fiscal de la Audiencia Nacional Ana Noé solicitó una pena de cuatro años y medio de cárcel para Oregui por lanzar diversos artefactos incendiarios a una subestación de Telefónica y una Oficina de Correos situadas en Markina Xemein, considerando estas acciones como apoyo a la banda terrorista ETA.
Por su parte, la defensa solicitó la libre absolución del procesado por considerar que "lo único que se ha podido demostrar" son los daños ocasionados, pero no que Borja hubiese participado.
Oregui negó los hechos en su totalidad y aseguró que estaba trabajando en el momento en que se sucedieron los ataques. El acusado había declarado tres veces en sede policial, manifestando cosas diferentes en cada caso y reconociendo su participación en los hechos sólo en la última.