MADRID 28 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al ex dirigente etarra Juan Carlos Iglesias Chouzas, alias "Gadafi", a 8 años de prisión por el robo de una máquina troqueladora y 500 placas de matrícula en 1991. El tribunal le ha impuesto esta condena, que rebaja 5 años la petición del fiscal, por los delitos de utilización ilegítima de vehículo a motor en concurso con detención ilegal y robo con intimidación.
La sentencia, hecha pública hoy, considera probado que el "comando Vizcaya", integrado por "Gadafi", junto con los ya condenados Javier Martínez Izaguirre, Kepa Urra Guridi y Juan Ramón Rojo González, encargó a un talde de apoyo, formado por los etarras Aitor Olabarría, Francisco Palacios Capitán y Francisco Zabala Echegaray, que recabase información sobre algún establecimiento donde pudiera conseguir una máquina troqueladora de placas de matrícula, con el fin de utilizarlas en futuros atentados.
El talde localizó una tienda de repuestos en la localidad vizcaína de Santurce y se lo comunicó al "comando Vizcaya". Según el tribunal, "Gadafi" y Martínez Izaguirre abordaron en diciembre de 1991 a un conductor, cuando se disponía a subirse a su coche en Portugalete. Tras mostrarle una placa del Cuerpo Nacional de Policía, los etarras le quitaron las llaves y le obligaron a sentarse en el asiento del copiloto.
A continuación, le dijeron que eran de ETA y se dirigieron al cementerio de la Arboleda, en el Valle de Trápaga, donde le dejaron atado con cadenas a un árbol. Dos horas más tarde, la Ertzaintza le liberó. Mientras tanto, los terroristas se dirigieron a la tienda localizada por el talde, donde les esperaban Juan Ramón Rojo, Kepa Urra, Francisco Zabala y Aitor Olabarría.
Cuatro de ellos entraron en el local, exhibieron al dueño una placa de la Policía y le pidieron que les mostrara la máquina troqueladora. El propietario les condujo al sótano, donde los terroristas se identificaron como miembros de ETA. Seguidamente, sustrajeron la máquina y 500 placas de matrícula y abandonaron el lugar.
PRUEBAS DE CARGO
Respecto al delito de utilización ilegítima de vehículo a motor en concurso con uno de detención ilegal, el tribunal basa su condena en la declaración del conductor del vehículo sustraído. Mientras que sobre el delito de robo con intimidación, la pena se sustenta en la declaración del propietario del establecimiento, ya fallecido, quien relató cómo cuatro etarras entraron en su tienda para robarle una máquina troqueladora y 500 placas.
La sentencia también hace referencia a la testifical del condenado Juan Ramón Rojo ante la Guardia Civil, donde manifestó que "Gadafi", a quien identificó en un reconocimiento fotográfico, solicitó información a un talde de apoyo sobre un lugar donde se confeccionasen placas de matrícula. También declaró entonces que Chouzas sustrajo Javier un vehículo, atando a su conductor a un árbol.