ETA.- TS confirma la prisión para dos miembros de una cuadrilla de Amurrio (Álava) por condecorar fotografías de presos

Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 10 julio 2009 19:13

MADRID 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta el pasado mes de julio por la Audiencia Nacional a los dos miembros de la cuadrilla 'Herriarenak' de Amurrio (Álava) que participaron en un acto en el que los monigotes --fotografías a tamaño real-- de dos etarras fueron condecorados como "representantes de las fiestas patronales" de 2005.

Los condenados, Arkaitz Quincoces y Alfredo Remírez, fueron quienes portaron las efigies en cartón piedra de los presos etarras José Ángel Viguri y Santos Berganza durante el acto en el que se impusieron las citadas distinciones.

A instancias de lo solicitado por la Fiscalía durante la vista que se celebró el pasado 28 de mayo, el Supremo desestima los recursos de las defensas de los condenados y afirma que la conducta de estos vecinos "tiene un evidente significado de ensalzamiento de las conductas ilícitas por las que -los presos homenajeados- se encuentran en la actualidad en esa situación de cumplimiento de graves penas de prisión, como debía conocer, sin duda, gran parte del público congregado con motivo de la celebración popular".

La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel Maza, añade que "en modo alguno puede considerarse irracional o ilógica" la ponderación que en su día hizo la Audiencia Nacional de las intenciones de los integrantes de la cuadrilla cuando, "en plenas fiestas locales, distinguen a sus dos conciudadanos, condenados en firme a penas que desde hace quince años se encuentran cumpliendo en prisión, por su actuación vinculada a la banda terrorista ETA".

ENSALZAMIENTO.

Pese lo alegado por Quincoces y Remírez, que dijeron estar destacando la labor de sus convecinos en la enseñanza del euskera, el Tribunal Supremo encuentra "que la verdadera finalidad no era sino la de poner de relieve la situación de prisión de ambos y, con ello, manifestar su admiración hacia éstos por su condición de miembros de la banda terrorista y autores de graves delito, todo ello inscrito, a su vez, en una reiterada estrategia, sobradamente conocida, de apoyo a los presos de dicha organización".

Advierte igualmente la Sala que su resolución va dirigida a "combatir la actuación dirigida a la promoción pública quienes ocasionan un grave quebranto en el régimen de libertades y en la paz de la comunidad con sus actos criminales, abortando toda clase de justificación y apoyo para lo que no son sino cumplidos atentados contra la significación más profunda del propio sistema democrático"

En la misma sentencia, la Audiencia absolvió de un delito de enaltecimiento del terrorismo al alcalde de Amurrio (Álava), Pablo Isasi (EA), y al ex concejal de Cultura del municipio Eleder Zalbide (PNV), para los que la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) solicitaba una pena de 15 meses de cárcel.

ETARRAS CONDENADOS.

José Ángel Viguri fue detenido en Irún el 16 de septiembre de 1989, tras un enfrentamiento con agentes de la Guardia Civil en el que murieron los etarras Juan Oyarbide Aramburu, 'Txiribitas', y Manuel Urionabarrenechea Betanzos 'Manu'. En diciembre de 1991 fue condenado a 51 años de cárcel por el atentado cometido contra la casa cuartel de Llodio (Alava), cometido el 14 de marzo de 1988, y en el que dos guardias civiles resultaron heridos.

Santos Berganza Cendegui, antiguo ertzaina, fue detenido en la misma operación por su relación con el "comando Araba". Actualmente, cumple una condena de 16 años de prisión por facilitar información sobre militares y policías a la banda terrorista ETA.

La resolución de la Audiencia Nacional contó con el voto particular discrepante del magistrado Sáez Valcárcel, que entendió que la conducta de los jóvenes no encajaba en el tipo penal de enaltecimiento del terrorismo.

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