El euskera será mérito para acceder a plazas de funcionario de Justicia, pero no requisito para ocuparlas

Actualizado: lunes, 29 marzo 2010 16:53

El Gobierno de López renuncia al recurso de casación contra la sentencia del TSJPV presentado por el Ejecutivo de Ibarretxe

BILBAO, 29 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) de octubre de 2009 por la que decretó que el euskera sea considerado mérito para acceder a ciertas plazas de funcionario de Justicia, pero no requisito para ocuparlas, es ya firme, después de que el Gobierno de Patxi López haya renunciado a mantener el recurso de casación que presentó ante el Tribunal Supremo el Ejecutivo de Ibarretxe.

A través de un auto, la Sala tercera de lo Contencioso-administrativo del TS ha declarado "desierto" el recurso de casación planteado por el Gobierno vasco contra la resolución del TSJPV por la que declaraba nulos varios artículos del Decreto 152/2008 que regula el proceso de normalización lingüística de la Administración de Justicia en Euskadi.

El alto Tribunal vasco estimó parcialmente la demanda del Abogado del Estado y anuló, en concreto, los artículos 3.A, el 4.1 en su inciso inicial, el 12.2 en su segundo inciso, el tercer párrafo del 3.B, el artículo 10.3, el inciso segundo del 10.2, y el primer inciso del 12.2, además del 18.1.B, el 3.E, y la disposición adicional tercera.

PREFERENCIA

De esta forma, el TSJPV establecía que el euskera podía ser un mérito para acceder a determinadas plazas de funcionarios de la Administración de Justicia, pero no un requisito para ocuparlas. El alto Tribunal vasco anuló aquellos artículos que decretaban "un perfil preceptivo ineludible", que consideraba la lengua vasca, no como mérito, sino como requisito.

El Decreto establecía que se podía exigir para ciertos puestos el euskera como requisito, y si no hubiese nadie con conocimiento suficiente de euskera para ocupar la vacante, no se cubriría, y se recurriría a interinos que tendrían que tener el perfil determinado.

La sentencia, que ya es firme al haberse renunciado a continuar con el recurso de casación, da, de esta forma, preferencia al conocimiento del euskera, pero no cree que deba ser requisito imprescindible para ocupar las plazas.