MADRID 23 May. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía ha considerado que es la vía civil la competente para tramitar la demanda que Manos Limpias ha interpuesto contra la candidatura del PP, encabezada por Miguel Arias Cañete, por su nombramiento "a dedo". El sindicato también ha impugnado la lista del PSOE para las europeas, que ha recaído en un juzgado, que ha dejado en suspenso el proceso hasta resolver la petición del PSOE de que se vea en el orden Contencioso-Administrativo.
Según informaron fuentes jurídicas, la Fiscalía ha informado positivamente sobre la competencia del Juzgado de Primera Instancia número 21 para tratar la demanda contra la lista de los 'populares'. Tras ello, el órgano judicial ha requerido a Manos Limpias el pago de la tasa correspondiente para proseguir el curso del procedimiento a partir del siguiente día hábil a su abono.
El Ministerio Público ha respondido así después de que la magistrada María del Carmen Pérez abriera un plazo de diez días para responder si es su juzgado o la vía de lo Contencioso quien debía estudiar este asunto.
En la providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez argumentaba que el partido político demandado constituye una "asociación de carácter público" y que, según los artículos 4 y 5 de la Ley de Partidos Políticos, la inscripción en el Ministerio del Interior y los requisitos que debe cumplir "debe controlarse, en todo caso, por la jurisdicción contencioso-administrativa".
LA CANDIDATURA DE VALENCIANO EN OTRO JUZGADO
Por otra parte, el Juzgado de Primera Instancia número 53 ha tramitado el escrito del PSOE solicitando la declinatoria de jurisdicción al entender que son los órganos de lo contencioso los competentes para tramitar la demanda contra la candidatura presidida por Elena Valenciano.
El juzgado ha dado trámite a ese escrito y ha dado diez días de plazo a las partes para que presenten las alegaciones oportunas. El procedimiento ha quedado, por tanto, en suspenso.
Manos Limpias solicitó este jueves en una vista la suspensión provisional de la lista de Valenciano, mientras que la formación socialista rechazó esa medida cautelar por ser "desproporcionada" y causar un "tremendo perjuicio".
El sindicato presentó el mismo día sendas demandas contra las listas tanto del PSOE como del PP para las elecciones europeas al entender que sus candidatos fueron "nombrados a dedo", vulnerando el procedimiento democrático impuesto por el artículo 6 de la Constitución, la Ley de Partidos y la Ley del Derecho de Asociación.
Su objetivo último es que las dos grandes formaciones modifiquen sus estatutos al entender que deben ser "los primeros" que deben dar ejemplo de democracia y "regeneración de las instituciones".