El fiscal pide al Supremo que rechace el recurso de De Juana contra su condena a 12 años de prisión por amenazas

Actualizado: martes, 23 enero 2007 18:39

Solicita, como hizo en el juicio, que se le condene a 13 años o alternativamente a 4 años por actividad terrorista

MADRID, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que rechace los recursos presentados por José Ignacio de Juana Chaos y por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó al preso etarra a 12 años y 7 meses de cárcel por un delito de amenazas en relación con sus dos artículos publicados en el diario 'Gara' en diciembre de 2004 contra el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, y cinco directores de Prisiones.

En su informe, la Fiscalía solicita al alto tribunal que en casación condene a De Juana, que se encuentra desde noviembre en huelga de hambre, según alguna de las dos alternativas de pena que propuso el fiscal Fernando Burgos durante el juicio. Es decir, 13 años de prisión por un delito de amenazas terroristas o, alternativamente, 4 años de cárcel por actividad terrorista en relación con enaltecimiento del terrorismo.

En cuanto al recurso de De Juana, el fiscal rechaza los argumentos esgrimidos por su defensa y afirma que las expresiones que contienen los artículos "suponen una amenaza velada, pero real" proferida por quien "actúa a impulso de la organización terrorista y bajo sus dictados". Pese a apuntar que no puede afirmarse que obedeciesen a un encargo directo de la organización terrorista, el fiscal indica que "lo único que si se puede afirmar es que en muchas ocasiones las personas vinculadas a ETA han actuado en forma similar si es que no idéntica".

El Ministerio Público se opone también al argumento de la defensa acerca de que los artículos "El escudo" y "Gallizo" no afectan a la seguridad ni al orden público. Sobre este punto, el fiscal recalca que "parece de sentido común" concluir que "una importante autoridad judicial y 5 directores de Centros Penitenciarios son objeto de amenazas por una persona que se reconoce vinculada a ETA".

SIGUE MILITANDO EN ETA.

Frente a los argumentos de la defensa del etarra, la Fiscalía recuerda que la sentencia declaró probado que De Juana "ha seguido perteneciendo y militando en la banda terrorista" y añade que también está acreditado que ejerce como líder del colectivo de presos pertenecientes a la organización terrorista.

"En esas condiciones, inducir que sigue integrado y en contacto con la dirección de ETA y que actúa a su impulso y bajo sus dictados es lógico, razonable y acorde con las máximas de experiencia", reseña el fiscal, que agrega que "lo único que puede afirmarse es que el autor de los escritos se muestra como persona preparada, de verbo fácil e inteligencia".

Por ello, pone de relieve que la dimensión de tales amenazas alcanzan "un plus de gravedad" cuando "precisamente la persona u organización de quienes provienen las hace más verosímiles en su producción y seguramente, en caso de materializarse, de mayor entidad lesiva".

El fiscal rechaza también que se haya vulnerado su derecho a la presunción de inocencia ante la "suficiente" prueba de cargo contra el etarra. Se refiere así no sólo "al incuestionable medio probatorio" constituido por los propios artículos, sino además a las declaraciones prestadas por el etarra en la vista oral, en las que reconoció ser autor de los escritos, y en las testificales de los funcionarios de prisiones aludidos en los artículos.

EN CONTRA DEl RECURSO DE LA AVT.

La Fiscalía se muestra también contraria a las alegaciones expuestas por la AVT en su recurso de casación contra dicha sentencia, cuya línea argumental se fundamenta en que De Juana tendría que haber sido condenado a 96 años de prisión, además de por varios delitos de amenazas, como autor de un delito de pertenencia a organización terrorista.

En este sentido, el fiscal explica que este delito tiene la condición de "permanente o prolongado en el tiempo" y su finalización "sólo vendrá determinada" por la existencia de "un corte o cesura de esta situación", lo que "no ocurrirá por la simple condena e ingreso en prisión".

"En caso de cesar la militancia --apunta--, ello tendrá su eficacia en el tratamiento penitenciario o en la posible concesión de la gracia del indulto". "Es evidente que lo normal, lo que al menos se espera es que este comportamiento o cambio de actitud no se produzca, por lo que no sería lógica penalizar a quien sigue manteniendo los vínculos que ocasionaros su condena", concluye.

El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, aseguró esta mañana durante un desayuno informativo que la Sala Segunda del Supremo "ha dado la máxima agilidad" al tratamiento de este recurso ante "el riesgo de fallecimiento" del preso etarra, quien hoy cumple 78 días de huelga de hambre en protesta por su condena.