La Fiscalía apoya la recusación de dos magistrados conservadores del TC en el recurso contra la reforma de la LOTC

Actualizado: martes, 29 enero 2008 18:54

Cree "justificado" que la carta que ambos remitieron a la presidencia creara en el Gobierno una imagen de "toma de postura" frente a la Ley

MADRID, 29 Ene. (EUROPA PRESS) -

El fiscal jefe ante el Tribunal Constitucional (TC), Juan Ortíz Úrculo, remitió hoy un informe a este órgano en el que apoya las recusaciones instadas por la Abogacía del Estado contra los magistrados de tendencia conservadora Roberto García-Calvo y Jorge Rodríguez-Zapata para entender del recurso que interpuso el PP contra la reforma de la Ley Orgánica que regula la institución (LOTC).

El Gobierno recusó a ambos magistrados el pasado mes de octubre por entender que se encuentran 'contaminados' por haber expresado una opinión contraria a la reforma de la LOTC mediante una misiva que remitieron en junio pasado a la presidenta del tribunal, María Emilia Casas.

Según señala el fiscal en un informe de 17 páginas, dicha misiva "justifica (...) que se haya creado legítimamente en el recusante una apariencia de toma de postura en los dos magistrados recusados y proporciona apoyo bastante, en principio, a la petición de su recusación".

El parecer de la Fiscalía fue solicitado por la instructora de este incidente procesal, la magistrada Elisa Pérez Vera. Fuentes del Constitucional señalaron hoy a Europa Press que, tras conocer el criterio del Ministerio Público, será el Pleno de este órgano -integrado por un total de 8 magistrados-, el que tome una decisión final sobre las recusaciones.

El número de componentes del Pleno responde a la ausencia obligada en el mismo de los propios recusados y de la presidenta y el vicepresidente del TC, Maria Emilia Casas y Guillermo Jiménez, respectivamente, quienes en su día se abstuvieron por considerar que la reforma de la LOTC les afectaba personalmente, ya que prevé la prolongación de sus mandatos mientras sigan siendo magistrados.

MOTIVO DE RECUSACIÓN.

Frente a los tres motivos de recusación alegados el pasado mes de octubre por los Servicios Jurídicos del Estado, el fiscal sólo estima procedente al referido a la causa 10 del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativo a "tener interés directo o indirecto en el pleito o causa".

Sobre el contenido del documento,remitido por Rodríguez-Zapata y García Calvo a la secretaria de Casas el pasado 22 de junio, el fiscal señala que en una primera lectura "pudiera parecer que no indica por sí solo la anticipación de opinión de los firmantes", si bien "una lectura más detenida y completa" del escrito avala los motivos de la recusación.

Así, considera el fiscal que los dos magistrados conservadores venían a decir en su carta a Casas que sólo es al Pleno del Tribunal Constitucional al que corresponde, antes y después de la reforma legislativa de la LOPJ, no únicamente nombrar al presidente y vicepresidente de este órgano sino también, en su caso, prorrogar sus mandatos. Por esta razón, el fiscal cree justificado que el Gobierno pueda considerar que ambos han tomado postura sobre la reforma.

POSTURA DEL PP.

El Ministerio Público añade que cuando se presentó el documento, el pasado 22 de junio, "era patente o entraba dentro de una evidente posibilidad que el Grupo Parlamentario de Partido Popular iba a presentar el recurso que después efectivamente interpuso" contra la LOTC, concretamente el 27 de julio siguiente.

A este respecto, el fiscal señala que la jurisprudencia constitucional no exige que la actuación "creadora de apariencia" respecto a un asunto determinado se realice necesariamente después de haberse iniciado el proceso, sino que lo admite también cuando "resulte probable su inicio o en momentos anteriores al mismo".

El escrito diferencia además entre la recusación de los dos magistrados conservadores y la interpuesta por el PP contra los magistrados del bloque "progresista" Manuel Aragón, Pascual Sala y Pablo Pérez-Tremps, que no fue admitida a trámite.

Dice, respecto a estos tres magistrados, que el PP les recusó por "supuestas conversaciones verbales, después no acreditadas en el contenido que se indicaba por los recusantes, mantenidas entre magistrados para recibir, al parecer, información de la presidenta y el vicepresidente sin una vocación prevista y conocida o formalizada de resolución judicial".

El cambio de impresiones entre magistrados, según el fiscal, bien sea de palabra o mediante el intercambio de notas informales, "no debe ser bastante como hecho para acreditar una recusación", dado que dicha actividad forma parte del trabajo ordinario de los magistrados. "En caso contrario, bastaría conseguir una externalización irregular de esos contactos para conformar una recusación ficticia y convertiría en inviables las normales relaciones humanas dentro del Tribunal".

Sin embargo, la actuación de Rodríguez-Zapata y García-Calvo al enviar un documento a Casas a través de su secretaria, en el que se pedía un Pleno para adoptar una resolución que afectaba a la propia composición del TC, "es un acto con consecuencias oficiales previsibles y previstas, que tienen efectivamente lugar cuando se celebra el Pleno de 4 de julio de 2007 y se une al acta el tantas veces citado escrito, resolviéndose no tomar el mismo en consideración", concluye Ortíz Úrculo.