La Fiscalía pide al Supremo revisar la condena a 9 años de cárcel de un etarra que puso una bomba en un repetidor

Actualizado: martes, 22 noviembre 2011 12:55

MADRID, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía ha solicitado este martes al Tribunal Supremo que revise la condena a nueve años de cárcel del etarra Jokin Zerain acusado de colocar un artefacto explosivo casero durante la madrugada del 11 de mayo de 2009 en un repetidor de telefonía de la localidad alavesa de Mendibil, en el término municipal de Arrazua-Ubarrundia.

La Audiencia Nacional consideró a Zerain el pasado mes de abril culpable de un delito de daños terroristas y otro de tenencia y transporte de componentes de artefactos explosivos. En una vista pública celebrada ante la Sala de lo Penal del Supremo, el representante del Ministerio Público ha considerado que sólo cabría condenar al recurrente por uno de los dos delitos.

De este modo, el fiscal ha emplazado a los magistrados a estimar parcialmente este punto del recurso presentado por Zerain y a rechazar el resto de los argumentos esgrimidos por el acusado en su demanda. La Sala dictará una sentencia sobre este asunto, de la que será ponente Manuel Marchena.

Por su parte, la defensa del condenado ha solicitado en primer término la absolución de su cliente al entender que la Audiencia Nacional vulneró su presunción de inocencia al condenarle en base a "pruebas indirectas, testigos referenciales y sin seguir un razonamiento lógico".

Su abogada ha restado valor a la declaración incriminatoria que hizo durante el juicio Ander Arrue, el otro acusado por estos hechos. En este sentido, ha advertido de que el coimputado ofreció diferentes versiones en comisaría y en el juzgado y que su testimonio estaba además en contradicción con las declaraciones de varios ertzainas.

Además, ha destacado la ausencia de pruebas que corrobore la declaración incriminatoria de Arrue, a quien se le impuso un año de cárcel por mostrarse arrepentido durante la vista oral y pagar 6.864 euros en concepto de responsabilidad civil.

DECLARACIÓN INCRIMINATORIA DEL COIMPUTADO

La Sección Primera de la Sala de lo Penal consideró a Ander Arrue culpable de un delito de tenencia y depósito de componentes explosivos por guardar el material pirotécnico y la mecha que se utilizó en el ataque y aplicó a la condena dos atenuantes, la de confesión y la de reparación del daño.

Durante el juicio, Arrue manifestó que Zerain le pidió que guardara en un camarote de su domicilio una bolsa con petardos y que "por amistad" la conservó. En el momento en el que inculpaba al otro acusado, algunos familiares y amigos de Zerain que se encontraban entre el público exclamaron reiteradamente: "¡qué hijo de puta!, ¡qué hijo de puta!".

El fiscal Vicente González Mota rebajó en su informe de conclusiones definitivas de 35 a 5 años la pena que solicitaba para Arrue y a 17 años de cárcel la condena que pedía para Zerain al constatar que el ataque "no puso en peligro la vida e integridad física de personas determinadas".

El tribunal consideró probado que la noche del 11 de mayo de 2009 dos artefactos incendiarios de tipo mixto hicieron explosión en el repetidor de telefonía de Mendibil, causando daños de 5.148 euros, en protesta por las detenciones del 'comando Ahiur'. Zerain adquirió ese día cuatro bombonas que coincidían con las utilizadas en el ataque y en su domicilio se hallaron sprays de gas y unos alicates similares a los utilizados en el atentado.

Según la sentencia, no se acreditó que la acción hubiera sido "programada, dirigida y ejecutada" en nombre de ETA, que no la reivindicó como propia. En 2003, Zerain fue condenado a dos años de cárcel por pertenecer a la banda terrorista.