Foro de Ermua recusa a Díaz de Rábago al creer "comprometida" su imparcialidad para juzgar a Ibarretxe y López

Actualizado: miércoles, 11 junio 2008 15:14

Dice que se ha pronunciado en contra de La Ley de Partidos y a favor del diálogo "sin exclusiones", cuestiones "objeto de enjuiciamiento"

BILBAO, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Foro de Ermua ha presentado ante la Sala Civil y Penal del TSJPV incidente de recusación contra el magistrado Manuel Díaz de Rábago al considerar "comprometida" su imparcialidad para juzgar al lehendakari, Juan José Ibarretxe, y a los representantes del PSE-EE Patxi López y Rodolfo Ares por supuesta desobediencia al reunirse con la ilegalizada Batasuna. En este sentido, afirma que se ha pronunciado en contra de La Ley de Partidos y a favor del diálogo "sin exclusiones", cuestiones "objeto de enjuiciamiento"

En el escrito, al que tuvo acceso Europa Press, este colectivo -que forma parte de la acusación popular- pide a la Sala Civil y Penal que se pronuncie sobre si la resolución de la 'Sala del 77' del 24 de abril, por la que se rechazó la recusación de Manuel Díaz de Rábago para conformar esta Sala Especial, significa que no está contaminado para juzgar al lehendakari, a los dos socialistas y a cinco representantes de Batasuna.

En caso de que se considere que el auto de la Sala Especial no se extiende a Rábago para la resolución del fondo del asunto, plantea su recusación al creer "comprometida" su imparcialidad para juzgar la causa.

Precisamente, la 'Sala del 77' rechazó en una providencia fechada el 9 de junio, por "manifiestamente extemporánea", la petición del Foro de Ermua para que aclarara si el presidente de la Sala de lo Social del TSJPV, Manuel Díaz de Rábago, no está contaminado para resolver sobre el fondo del caso.

Esta Sala, formada para resolver las recusaciones planteadas contra los magistrados de la Sala Civil y Penal Fernando Ruiz Piñeiro, Antonio García y Nekane Bolado -que, en un principio, debían ser quienes juzgaran la causa-, en su auto del 24 de abril aceptó el apartamiento de Juan Luis Ibarra para resolver los incidentes de recusación, tal como solicitó la defensa del lehendakari, mientras que rechazó dejar fuera de la deliberación a Díaz de Rábago.

El Foro de Ermua recordó que, con posterioridad a la decisión de la Sala especial y basándose en su resolución, se excluyó a Ibarra de la conformación del Tribunal enjuiciador, "saltando a éste en el turno previsto como consecuencia de la aceptación de la recusación", mientras que sí se designó a Manuel Díaz de Rábago para resolver la causa.

En el escrito que presentó ayer, esta vez ante la Sala Civil y Penal, el abogado del Foro de Ermua, Fernando García-Capelo, recuerda que el pasado 30 de mayo se le comunicó la nueva composición de la Sala de enjuiciamiento de la causa, después de que se aceptaran de Ruiz Piñeiro, García y Nekane Bolado.

En este sentido, explica que, tras el apartamiento de estos tres jueces, se ha nombrado a José Antonio Subinas Elorriaga, Juan Carlos Benito-Butrón Ochoa y Manuel Díaz de Rábago como integrantes del tribunal que juzgará el caso, y considera que en este último "concurre causa de recusación por pérdida de la imparcialidad".

"IMPARCIALIDAD COMPROMETIDA"

A su juicio, el presidente de la Sala de lo Social del alto Tribunal vasco "se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre asuntos relacionados de manera esencial con el fondo del asunto", de forma que "su imparcialidad objetiva ha quedado comprometida".

El abogado recuerda que Díaz de Rábago "se ha pronunciado en reiteradas ocasiones en contra de la Ley de Partidos, considerándola, no sólo inoportuna, sino inconstitucional". "Y lo ha hecho, no sólo durante su tramitación, sino después de su aprobación y tras la sentencia del Tribunal Constitucional que declaraba la citada Ley plenamente constitucional", añadió.

En este sentido, subraya que el procedimiento penal "está íntimamente vinculado a la Ley de Partidos" y que, sin esta norma, "el citado procedimiento resultaría inviable". "Por tanto, el posicionamiento contrario a dicha Ley afecta de manera sustancial al fondo del asunto y compromete la imparcialidad objetiva del magistrado", asevera.

En este contexto, recuerda el artículo publicado el 19 de abril de 2002 en un diario, en el que Manuel Díaz de Rábago señalaba: "Nuestra Constitución reconoce en su artículo 22 el derecho de asociación y lo hace en términos de tal amplitud que sólo lo limita para prohibir las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar, así como para declarar ilegales las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito".

Asimismo, el Foro de Ermua cita otras declaraciones posteriores del magistrado en las que se reafirma en este criterio y decía que todavía confiaba en que "el Tribunal de Derechos Humanos enmiende la plana".

DIALOGO CON BATASUNA

Fernando García-Capelo también recuerda que el presidente de la Sala de lo Social "se ha pronunciado públicamente a favor de la constitución de una mesa de partidos en la que estén presentes todas las sensibilidades -entre ellas la ilegalizada Batasuna-, a favor de un diálogo sin exclusiones y en contra de la proscripción del diálogo".

"Obviamente, el fondo de procedimiento trata, precisamente, de la posible comisión de un delito de desobediencia por parte de los miembros de Batasuna por realizar reuniones en cuanto miembros de Batasuna y la posible cooperación necesaria en este presunto delito de quienes han acordado la celebración de dichas reuniones", señala el letrado.

Por tanto, considera que "la legítima toma de postura Díaz de Rábago en relación con el diálogo sin exclusiones y la constitución de una mesa de partidos, afecta de manera directa a la presunción de imparcialidad sobre una cuestión esencial del procedimiento principal".

"Baste para acreditar esta posición del señor Díaz de Rábago el apoyo expreso y público (se encontraba entre los cien primeros apoyos expresos) a la manifestación convocada por Elkarri el 20 de diciembre de 2003, bajo el lema: 'Respeto a los derechos humanos y a la voluntad popular. Diálogo y acuerdo entre todas las propuestas'.

También recuerda que éste participó en febrero de 2007 en un programa de televisión en el que se trató "la falta de independencia del Poder Judicial y las últimas decisiones judiciales como la declaración de Patxi López y Rodolfo Ares sobre la reunión que mantuvieron con miembros de Batasuna".

"El título es de una expresividad tal que es un indicio suficiente de la pública manifestación de opiniones sobre el fondo del asunto que se trata en este procedimiento, añade, aunque no aporta las manifestaciones realizadas por Díaz de Rábago al desconocerlas.

Asimismo, destaca unas manifestaciones del juez de diciembre de 2006 sobre las reuniones con Batasuna "en unos términos que, nuevamente, comprometen su imparcialidad". En ellas aseguró que "los encuentros con Batasuna se produjeron en 'el marco de las conversaciones que se tienen para lograr encauzar el conflicto existente sobre el modo de organizarnos políticamente'.

Para el representante legal del Foro de Ermua, ello "supone un trascendente pronunciamiento sobre el asunto, hasta el punto de que es uno de los argumentos reiteradamente utilizados por la defensa del lehendakari".

"Lo cierto es que se pronuncia sobre cuestiones que son objeto de enjuiciamiento. En definitiva, existen elementos objetivos para temer fundadamente que pueda existir una pérdida de la imparcialidad objetiva por parte del magistrado en relación con el asunto principal", reitera.