Garzón.- El TS rechaza la declaración de expertos internacionales en el juicio por la memoria histórica

Tampoco declararán los jueces de la Audiencia Nacional que votaron en contra de declararle incompetente para investigar los hechos

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 15 diciembre 2010 14:32

MADRID, 15 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado a más de la mitad de los testigos solicitados por el juez Baltasar Garzón para declarar en el juicio que se celebrará previsiblemente a principios del próximo año contra él por un delito de prevaricación, que habría cometido al investigar los crímenes franquistas careciendo de competencia para ello. Entre otros, no declararán ni expertos internacionales en jurisdicción universal ni el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza.

En un auto hecho público hoy por una sala integrada por siete magistrados de lo Penal, el alto tribunal únicamente declara pertinente la declaración del propio Garzón y de una veintena de representantes de asociaciones de la memoria histórica. Autoriza además la testifical de los abogados Fernando Magán y Joan Garcés.

Este último defiende los intereses de Carmen Negrín, nieta del último jefe de Gobierno de la II República, y es viejo conocido del juez imputado, pues fue uno de los impulsores del proceso abierto en su día contra Augusto Pinochet en la Audiencia Nacional. Tampoco se ha aceptado la testifical del historiador catalán Ricard Vinyes, autor de un libro sobre el robo de niños que es calificado en el auto del Tribunal Supremo de "obra literaria sobre un suceso histórico concreto", por que no guarda relación con el delito de prevaricación objeto de acusación, según el mismo auto.

Entre los testigos rechazados, que eran de gran interés por la defensa, están el ex fiscal Carlos Jiménez Villarejo -quien se ha destacado en la defensa pública de Garzón en los últimos meses-, así como los tres magistrados de la Audiencia Nacional que votaron en contra de declarar incompetente a Garzón.

Se trata de José Ricardo de Prada, Clara Bayarri y Ramón Saéz Valcárcel, cuya asistencia al juicio se considera improcedente por el Tribunal Supremo porque su "opinión jurídica" ya ha sido expresada en los autos que en su día suscribieron. Se rechazan también los testimonios del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, y de la fiscal de este órgano y amiga personal de Garzón Dolores Delgado.

EXPERTOS RECHAZADOS Entre los doce expertos internacionales cuya intervención en el juicio había sido solicitada por Garzón y que tampoco podrán comparecer se encontraba la embajadora de la ex fiscal del Tribunal Penal Internacional Carla Ponte o el profesor de Derecho Internacional y Derechos Humanos de la Universidad de Nueva York Philip Alston.

Tampoco podrán participar en el juicio los especialistas en jurisdicción universal Claudio Grossman, Ronald Gamarra, Eugienio Raúl Zaffaroni, Juan Guzmán (el juez que abrió varias causas a responsables de la dictadura chilena en ese país), Juan Méndez, Hugo Relva, Sergio García Ramírez, Eduardo Freire (autor de resoluciones sobre inaplicabilidad de leyes de obediencia debida y punto final en Argentina), Fernando Mariño, Hernán Hormazábal y Eric David.

El objetivo de citar a estas personas, según se detallaba en el escrito de defensa presentado por la defensa de Garzón, que ejerce el letrado Gonzalo Martínez-Fresneda, era "probar el hecho de la existencia de una amplia corriente de opinión y doctrinal relacionada con la aplicación del Derecho Penal Internacional (...), los compromisos adquiridos por la Comunidad Internacional para la reparación de las víctimas de los crímenes cometidos en el contexto de crímenes contra la Humanidad y castigo a los culpables y la práctica de la persecución internacional de estos crímenes".

Entre las documentales rechazadas, el auto cita la declaración de la Asociación Magistrados por la Democracia y las Libertades y el dictamen elaborado por el Doctor Kai Ambos sobre el problema de la aplicación de la jurisdicción a los delitos de la dictadura argentina. Estos documentos se refieren a situaciones producidas en otros países, según el Supremo, y no pueden ser objeto y de presentación y prueba ante el tribunal que juzgará a Garzón.

En la misma resolución, el Tribunal Supremo inadmite una de las pruebas solicitadas por el Sindicato Manos Limpias, que ejerce la acusación popular, dirigida a acreditar en autos el importe de la indemnización que, a su juicio, debería abonar Garzón en concepto de responsabilidad civil si llegara a ser condenado.

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