El Gobierno cántabro tendrá que abonar casi 7.000 euros a un taxista que chocó con un ciervo

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 16 abril 2008 16:54

SANTANDER, 16 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de los contencioso-administrativo número 3 de Santander ha condenado a la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria a abonar 6.850 euros a un taxista cuyo vehículo colisionó contra un ciervo que irrumpió de forma sorpresiva en la carretera, procedente de la Reserva Nacional de Caza de Saja.

La sentencia estima así parcialmente el recurso que presentó el perjudicado quien, sobre las 22.20 horas del 4 de agosto del año 2006, sufrió un accidente cuando circulaba por la carretera autonómica de Cabuérniga a Espinilla, al chocar contra un ciervo, lo que originó daños en el vehículo valorados en 5.170 euros.

La Administración admitió el importe de la reparación del coche, pero no así el lucro cesante fijado por el recurrente en 3.568 euros, por las ganancias dejadas de percibir por los 21 días que estuvo paralizado su vehículo, dedicado profesionalmente al servicio de taxi.

Al respecto, la sentencia señala que el documento aportado por el afectado sólo reflejó los costes de explotación, pero no los beneficios que dejó de obtener y que el recurrente fijó en 135,71 euros diarios, sin indicar ni los turnos, ni las horas de explotación, o los días de descanso.

No obstante la sentencia indica que dicho lucro cesante existió ya que el vehículo estuvo paralizado en el taller para ser reparado, y considera "razonable" fijar una cantidad diaria de 80 euros, una media que se viene estimando judicialmente en accidentes de circulación similares, lo que totaliza 1.680 euros por dicho concepto.

No acepta en cambio la reclamación indemnizatoria del recurrente por los impuestos satisfechos del IRPF y el IVA, de 179 y 52 euros respectivamente, al señalar que no consta que se haya cursado una reclamación administrativa dirigida a obtener la devolución de las sumas indebidamente ingresadas por el primer concepto, y al no poderse indemnizar todo el IVA trimestral cuando la paralización del vehículo fue sólo de 21 días.

Por ello, estima parcialmente el recurso del afectado, y declara la responsabilidad de la Consejería de Ganadería en el daño patrimonial causado, y el derecho del recurrente a ser indemnizado en la cantidad total de 6.850,18 euros, más los intereses legales correspondientes desde el 26 de septiembre de 2006.

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