El Gobierno dice que las denuncias de malos tratos de etarras son "una táctica" y falsa "en la gran mayoría de casos"

Actualizado: martes, 30 abril 2013 17:49

MADRID, 30 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha emitido un extenso comunicado en el que responde a las conclusiones del informe emitido este martes por el Consejo Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes. El Ejecutivo a través del Ministerio del Interior sostiene que las denuncias de malos tratos de etarras constituyen una "táctica" que en "la gran mayoría" de casos ha resultado ser "falsa".

"La denuncia sistemática de malos tratos presentada por los detenidos en régimen de incomunicación por su presunta pertenencia a organizaciones terroristas ha sido y sigue siendo hasta el momento una táctica empleada por los miembros de dichas organizaciones, denuncia que en la gran mayoría de los casos se ha demostrado falsa y carente de fundamento", dice el texto del Gobierno.

El documento del Consejo Europeo denuncia torturas y malos tratos a los detenidos en España por la Guardia Civil y reprocha a las autoridades que no emprendan una investigación "rigurosa e independiente" sobre los métodos utilizados por los agentes. Estas acusaciones las hace basándose únicamente en los testimonios de una decena de etarras detenidos en los primeros meses de 2011.

El Ejecutivo responde que existe "una muy numerosa regulación de los métodos empleados por los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sometidos al imperio de la ley y al eventual ejercicio de la potestad disciplinaria o, en caso de incurrirse en ilícito penal, al control por parte de la autoridad judicial correspondiente".

Además se reafirma que "en el ordenamiento jurídico español, están previstos y funcionan órganos administrativos y judiciales que actúan de manera rigurosa e independiente en la investigación de los actos presuntamente ilícitos en los que puedan incurrir las fuerzas policiales".

SOBRE LA DETENCIÓN INCOMUNICADA

En relación a la detención incomunicada de menores de edad, el Gobierno dice que es una práctica "residual" y "excepcional" al tiempo que defiende que "la normativa española de menores prevé un tratamiento específico de los derechos que asisten al menor incomunicado que supone un respeto aún más escrupuloso de las garantías procesales respecto a un adulto".

El Gobierno también defiende la detención incomunicada que, según afirma, constituye en España "una modalidad excepcional" caracterizada por "el control judicial" y el fin de lograr la "desconexión del detenido respecto a posibles informadores o enlaces, para evitar que pueda recibir o emitir consignas que perjudiquen la investigación judicial".

Sobre la ampliación del plazo máximo de 72 horas de la detención por decisión judicial, el Gobierno recuerda que la ley prevé que la incomunicación pueda durar hasta un máximo de 13 días (5 bajo custodia policial y 8 en prisión preventiva), pero advierte de que en la práctica los juzgados y tribunales españoles no están acordando esa prórroga, de forma que hoy no existen incomunicaciones que duren más de 5 días.

La razón por la que el detenido no pueda designar abogado de su elección se debe a la necesidad de "garantizar un adecuado equilibrio entre los intereses de la prevención de eventuales atentados terroristas y la defensa del detenido". "Sobre la ausencia de notificación al familiar o persona que el detenido haya designado, obedece a la necesidad de evitar el riesgo de fuga de otros criminales o de deterioro de medios de prueba", añade.

CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA

El Gobierno señala que "se han producido en España avances significativos" en la garantía de la asistencia médica al detenido incomunicado por un segundo médico. "Un ejemplo de ello es que, en la actualidad, varios juzgados encargados de la instrucción de los delitos de terrorismo permiten ya que los detenidos puedan ser examinados por médicos de su elección, si así lo solicitan, junto con el médico forense adscrito al juzgado, quien realiza visitas cada 8 horas y siempre que sea necesario", explica.

En cuanto a las cámaras de videovigilancia y grabación de las personas detenidas en régimen de incomunicación señala que son los jueces centrales de instrucción de la Audiencia Nacional los que establecen mediante un auto este tipo de medidas una vez han acordado la incomunicación del detenido.