El Gobierno ha requerido desde marzo la eliminación de calles con nombres de etarras en 9 pueblos y sólo uno la retiró

Actualizado: jueves, 10 julio 2008 17:13

Fernández Bermejo apuesta por la vía de lo contencioso para actuar contra los municipios que se niegan a quitarlas

MADRID, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Delegación del Gobierno en el País Vasco, a través de los Servicios Jurídicos del Estado, ha requerido formalmente desde el pasado mes de marzo la eliminación de placas con nombres de miembros de ETA en diez municipios vascos -Amorebieta, Arrigorriaga, Leiva (por dos calles), Etxebarri (todos ellos en Vizcaya), Astigarraga, San Sebastián, Elgeta, Hernani y Zizurquil (Guipúzcoa)-, obteniendo un resultado positivo únicamente en el último de los mencionados, donde se procedió a anular el acuerdo municipal correspondiente.

Así lo explicó hoy el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, quien anunció que la Abogacía del Estado interpondrá recursos contencioso-administrativos para impugnar los acuerdos municipales por los que se aprobaron las calles en todos aquellos lugares donde no se proceda a la retirada de la respectiva placa.

De momento, y al contestar negativamente a la petición, ya se ha presentado el recurso correspondiente contra la decisión del Ayuntamiento de Hernani.

Tras participar en la firma de un convenio para la eliminación de la pendencia en el Tribunal Supremo, Fernández Bermejo fue preguntado por la posibilidad de que el Ejecutivo inste una reforma penal que permita proceder penalmente contra los municipios que mantienen los nombres de dichas calles después de que ayer la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordara que dicha actitud no constituye delito.

A este respecto, precisó que "no todas las respuestas del Estado deben producirse en el ámbito de la jurisdicción penal" y recalcó que los Servicios Jurídicos del Estado están actuando "de forma contundente" contra el mantenimiento de rótulos de calles con nombres de miembros de organizaciones terroristas.

En cuanto a los supuestos respecto de los cuales la Audiencia Nacional ha declarado que no hay materia penal (al tratarse de acuerdos anteriores a 24 de diciembre 2000, fecha en la que entró en vigor el Código Penal que tipificó como delito el enaltecimiento), el titular de Justicia explicó que la Abogacía "está ya recabando toda la información necesaria para requerir a dichos ayuntamientos en la misma dirección". Si no acceden a retirar las placas, se irá igualmente contra ellos por la vía de lo Contencioso, precisó.

"El Estado de Derecho, afortunadamente, tiene respuestas suficientes -dijo el ministro-, y el área de la jurisdicción contencioso-administrativa tiene un potencial que conocemos, por lo que el Servicio Jurídico del Estado, a instancias del delegado del Gobierno en el País Vasco, está actuando con toda contundencia, y lo seguirá haciendo".

El auto suscrito ayer de forma unánime por 17 magistrados de la Sala de lo Penal establece que el delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas sólo puede perseguir hechos cometidos a partir del 24 de diciembre de 2000, fecha en la que entró en vigor la reforma de Código Penal que introdujo esta tipificación. También señala que estar de acuerdo con la decisión de un alcalde que dedicó una calle a un terrorista tampoco constituye una actuación delictiva.