VITORIA, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno vasco ha aprobado un proyecto de ley de reconocimiento y reparación de víctimas de "represión ilícita", incluida la que hayan podido ejercer las fuerzas policiales, que amplía hasta 1999 la cobertura frente a este tipo de vulneraciones de derechos humanos, que hasta ahora abarcaba hasta 1978.
El proyecto, que a partir de ahora deberá tramitarse en el Parlamento vasco, sigue las pautas generales de un decreto aprobado en 2012 por el Ejecutivo vasco del PSE-EE, que regula las ayudas económicas y otras formas de reparación para las víctimas de abusos cometidos por las fuerzas policiales en el contexto de la lucha antiterrorista.
Aquel texto, que posteriormente fue modificado por el gabinete de Iñigo Urkullu, fue parcialmente anulado por el Tribunal Superior de País Vasco (TSJPV), con el argumento de que no exigía pruebas fehacientes de las lesiones sufridas a las personas que se acogían a las ayudas contempladas en el mismo.
A finales del pasado año, el Gobierno vasco ya anunció su intención de regular esta materia a través de una ley, con el fin de otorgar mayor seguridad jurídica a la normativa sobre víctimas policiales.
De esa forma, el Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un 'Proyecto de Ley de Reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de Derechos Humanos producidas en el contexto de represión ilícita en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999.
"MEJORAS"
Este proyecto completa la normativa existente en materia de asistencia a estas víctimas, al extender hasta 1999 la cobertura frente a este tipo de vulneraciones de derechos humanos, que el decreto original limitaba al periodo comprendido entre 1960 y 1978.
El Gobierno vasco ha destacado que el nuevo texto introduce "mejoras" que garantizan el "desarrollo futuro" de las medidas contempladas en el mismo. El Ejecutivo explica que ha optado por regular esta materia a través de un instrumento con rango de ley para lograr una mayor "seguridad jurídica".
A los efectos de esta ley, se considerará que se ha producido una 'vulneración de derechos humanos producida en un contexto de represión ilícita' cuando se haya causado una afección a la vida o a la integridad física, psíquica, moral o sexual de las personas "en un contexto de violencia de motivación política y con fines de represión ilícita".
Estos abusos pueden haber sido cometidos, según el texto, por "personal funcionario público en el ejercicio de sus funciones o fuera del ejercicio de sus funciones", o por "particulares que actuaban en grupo o de forma aislada, individual e incontrolada".
El proyecto establece que las víctimas reconocidas tendrán acceso a las prestaciones sanitarias necesarias dentro del sistema sanitario de Euskadi. De este modo, se ofrece a estos damnificados un marco igualitario de prestaciones de tratamiento con respecto al establecido en la Ley vasca de reconocimiento y reparación de víctimas del terrorismo.
Otra de las novedades afecta a la composición de la Comisión de Valoración, encargada de analizar las solicitudes de potenciales beneficiarios de las medidas de reparación. Este grupo de trabajo contará con tres expertos designados por el Gobierno autonómico, tres personas expertas designadas por el Parlamento vasco y tres peritos forenses designados por el Instituto Vasco de Medicina Legal.
Con respecto a la comisión que ha gestionado el decreto anterior, se otorga un mayor protagonismo cuantitativo y cualitativo de los peritos forenses. De nueve miembros, tres deberán ser médicos forenses del Instituto Vasco de Medicina Legal.
SIN "ARBITRARIEDAD"
Además, en cada expediente habrá de constar un informe técnico emitido por al menos dos de los peritos forenses. El objetivo es "neutralizar de raíz todo atisbo de arbitrariedad en la determinación de las vulneraciones de derechos humanos". La ley --asegura el Gobierno-- "persigue la máxima objetividad y rigurosidad en resolución de los casos", para lo que otorga "un valor determinante" al análisis científico, técnico y experto.
Por otra parte, se modifica el sistema de cuantificación de las compensaciones por lesiones permanentes de carácter no invalidante. La ley tiene en cuenta el contenido de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que anuló parte del decreto anterior.
COMPENSACIONES
De esa forma, se establece que las compensaciones por lesiones permanentes de carácter no invalidante se calcularán de acuerdo con las cuantías, multiplicadas por tres, establecidas en la orden de 2013 que regulaba esta materia, con un límite máximo de 35.000 euros.
El texto fija un criterio objetivo "que evita cualquier posibilidad de interpretación arbitraria a la hora de establecer las indemnizaciones correspondientes a cada supuesto".
La ley marca un plazo de dos años para la presentación de solicitudes. Además, se prevé un plazo de otros dos años para resolver las solicitudes y notificar las resoluciones.