Archivo - El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ofrece declaraciones a los medios, a su salida de la entrega de las Memorias Anuales del Poder Judicial correspondientes a los años 2019 y 2020,
Archivo - El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ofrece declaraciones a los medios, a su salida de la entrega de las Memorias Anuales del Poder Judicial correspondientes a los años 2019 y 2020, - Carlos Luján - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 2 agosto 2022 9:57

La asociación pide a Lesmes que si va a postularse al TC dimita antes como presidente del CGPJ

MADRID, 2 Ago. (EUROPA PRESS) -

La asociación de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) sostiene que es factible que el Tribunal Constitucional (TC) se renueve en septiembre sólo con los dos nombres que le corresponden al Gobierno en el "indeseable" caso de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no llegara a designar a los dos suyos antes del plazo fijado para el 13 de septiembre.

Así lo ha manifestado en declaraciones a Europa Press el integrante del Secretariado de esta asociación judicial, Edmundo Rodríguez Achútegui, quien ha señalado que las previsiones de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no impiden que se renueve parcialmente y deja en manos del propio tribunal de garantías decidir si los candidatos que designa el Ejecutivo son idóneos, "sin supeditarlo a que tengan que ser cuatro".

De esta forma, JJpD indica que si el CGPJ no designara en septiembre a sus dos magistrados, conforme obliga la reforma 'exprés' que aprobaron en julio las Cortes, todo dependería de la decisión del propio Tribunal Constitucional que podría aceptar la incorporación de dos integrantes designados por el Gobierno.

"La interpretación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional corresponde al propio Tribunal, que puede aceptar la renovación parcial" en el caso de que se produzca un bloqueo en el CGPJ, insisten. Rodríguez Achútegui espera que el órgano, actualmente en funciones, actúe con responsabilidad institucional, y que "no se embarre en la lucha partidaria, haciendo el trabajo sucio a la oposición".

EN EL TC NO LO TIENEN TAN CLARO

Fuentes del tribunal de garantías consultadas por Europa Press insisten, sin embargo, en que la renovación debe producirse por tercios como marca la Constitución y en ningún caso puede hacerse sextas partes desligando las propuestas del Gobierno de las del CGPJ.

En esa ley orgánica, firmada por el expresidente Adolfo Suárez en octubre de 1979, se indica en su punto primero del artículo 16 que 'los magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por el Rey, a propuesta de las Cámaras, del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial, en las condiciones que establece el artículo 159.1 de la Constitución'.

En dicho artículo de la Carta Magna sólo se indica que el TC se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

Con todo, el punto tres de la Ley Orgánica resalta, al igual que la Constitución, que la designación para el cargo de magistrado del Tribunal Constitucional se hará por nueve años, renovándose el Tribunal por terceras partes cada tres.

PRECEDENTES DEL CGPJ AL TC

Respecto a la posibilidad de que el CGPJ pudiera proponer a su presidente, Carlos Lesmes, para ocupar uno de los asientos vacantes en el Constitucional, desde la asociación progresista indican que aunque ya ha habido otras ocasiones en las que el presidente del consejo ha acabado en el TC, consideran que previamente debería dimitir de su cargo para así no participar en una eventual votación en la que fuera propuesto.

Por otro lado, desde JJpD consideran "factible y conveniente" que los candidatos del Ejecutivo de Sánchez al TC sean catedráticos, aunque matizan que lo esencial es que "sean juristas de reconocido prestigio", cualidad que "concurre en el mundo de la academia, la abogacía y en otras profesiones jurídicas, como notaría, registros o la propia judicatura".

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