El juez del 'caso Koldo' confirma la imputación de Jéssica Rodríguez y dice que no debió cobrar sin trabajar

La expareja de José Luis Ábalos, Jessica Rodríguez, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar como investigado en el ‘caso koldo’, a 20 de julio de 2026, en Madrid (España).
La expareja de José Luis Ábalos, Jessica Rodríguez, a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar como investigado en el ‘caso koldo’, a 20 de julio de 2026, en Madrid (España). - Eduardo Parra - Europa Press
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Actualizado: viernes, 24 julio 2026 19:51

MADRID 24 Jul. (EUROPA PRESS) -

El juez del 'caso Koldo' ha confirmado la imputación de Jéssica Rodríguez, expareja del exministro de Transportes José Luis Ábalos, por presunta prevaricación en su contratación en las empresas públicas Ineco y Tragsatec, y ha señalado que no debería haber cobrado de las mismas, puesto que no realizó "trabajo alguno".

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado a cargo de la investigación, Ismael Moreno, rechaza el recurso interpuesto por la defensa de Rodríguez, que impugnó su citación a declarar como investigada el pasado 20 de julio al observar "falta de motivación" en la decisión.

Al respecto, Moreno señala que "lo indicado en el objeto de la citación entregada" permite a la expareja de Ábalos "conocer perfectamente las razones en virtud de las cuales ha sido acordada su citación en calidad de investigada".

El instructor rechaza que los hechos por los que imputó a Rodríguez ya hayan sido juzgados, en alusión al juicio del 'caso mascarillas' por el que el Tribunal Supremo condenó a Ábalos a 24 años de prisión, a su exasesor Koldo García a 19 años y al empresario Víctor de Aldama a 4 años y medio, y en el que también se abordó la contratación de Rodríguez en las mencionadas empresas públicas.

En ese punto, el juez indica que "dicha causa se limitó a enjuiciar la participación de las personas acusadas en dicha causa, delimitándose el enjuiciamiento a la persona aforada y de otros cuyos hechos se consideraron inescindiblemente vinculados al mismo, no acusándose ni enjuiciándose" a Rodríguez, que "únicamente" prestó declaración como testigo.

Así, el magistrado aduce que "no se resolvió una responsabilidad penal" sobre Rodríguez y no se ha generado "cosa juzgada". Por ello, no hay impedimento alguno para que sea llamada "como testigo o como investigada", incide.

Para Moreno, "es evidente que, sin su conducta", el presunto delito de malversación "no se podría haber cometido, al no haber realizado trabajo alguno y percibiendo, en cambio, unos emolumentos que no debería haber recibido".

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el 'caso mascarillas' acreditó que la expareja de Ábalos percibió un total de 43.978 euros de Tragsatec e Ineco durante el tiempo que estuvo contratada y no trabajó.

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