El juez discrepante duda de que los hechos imputados no sean delito

Actualizado: lunes, 3 agosto 2009 19:44


VALENCIA, 3 Ago. (EUROPA PRESS) -

El magistrado de la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) Juan Montero Aroca afirma en su voto particular en el que se opone al sobreseimiento libre de la causa contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, el ex vicepresidente del Consell, Víctor Campos, y el ex jefe de gabinete de la Conselleria de Turisme y actual responsable de Protocolo de la Diputación de Valencia, Rafael Betoret, que no está convencido de que los hechos imputados a los tres "no sean constitutivos de delito" de cohecho pasivo impropio por el que han sido investigados en relación con el 'caso Gürtel'.

Montero sí se muestra favorable al sobreseimiento para el portavoz del PP en el Parlamento Valenciano y secretario general del PPCV, Ricardo Costa, "dada su condición de diputado en las Cortes Valencianas, no de miembro de los órganos de gobierno de la Generalidad Valenciana".

Según especifica el magistrado en el voto particular, con el que discrepa de la opinión mayoritaria de la sala --formada por el presidente, Juan Luis de la Rúa, y el magistrado José Francisco Ceres, que ha sido el ponente del auto--, su discrepancia responde a "dos dudas" que se centran en si los hechos pudieran ser constitutivos de delito y en que no está "convencido" de que la jurisprudencia que se alega en el auto de sobreseimiento "responda a la interpretación" que considera adecuada del artículo 426 primer inciso del Código Penal.

Así, señala en su escrito, de una página, que en el trámite en el que se encuentra el proceso, la decisión que decrete el sobreseimiento "debería responder a la seguridad (en sentido jurídico) de que los hechos no son constitutivos de delito, mientras que la decisión sobre la continuación del proceso se basaría, simplemente, en que los hechos pudieran ser constitutivos de delito; en un caso no son y en el otro pudieran ser".

En este caso, el magistrado asegura no estar convencido de que los hechos imputados a Camps, Campos y Betoret no sean constitutivos de delito, un "no convencimiento" que radica en que el tipo del artículo 426, inciso primero, "requiere, sí, que la dádiva tenga algún sentido o adecuación a la función de la autoridad o del funcionario, de modo que no quepa decir que no existe relación alguna", aunque no parece al magistrado que ese tipo penal "tenga que requerir una relación de causalidad, por lo menos en los términos que en el auto se dice y respecto de los señores Camps, Campos y Betoret".