El juez rechaza poner en libertad a Roca porque el tiempo no ha disminuido el riesgo de fuga

Actualizado: jueves, 25 octubre 2007 15:28

MÁLAGA, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -

El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Marbella (Málaga), Oscar Pérez, ha rechazado de nuevo la excarcelación del presunto cerebro de la trama de corrupción en el Ayuntamiento marbellí, Juan Antonio Roca, porque el tiempo transcurrido desde su detención, en marzo de 2006, no ha hecho que diminuya el riesgo de fuga, como argumentó su defensa en su escrito. Con esta decisión, la puesta en libertad ha sido rechazada en nueve ocasiones.

De hecho, el juez explica en su auto, fechado el día 23 de este mes y al que tuvo acceso Europa Press, que se detecta que "el simple transcurso del tiempo no siempre sirve para pensar en una disminución del riesgo, pues igualmente puede servir para el efecto contrario al reforzarse los indicios de grave criminalidad y de reforzamiento de la acción penal", ya que, según añade, se presenta "la pretensión acusatoria futura con un fundamento razonable".

En este sentido, el instructor señala que "aunque la instrucción no ha concluido", ésta "sí ha reforzado, respecto a la fecha de ingreso en prisión provisional, los indicios de criminalidad que pesan sobre el ya procesado" por los delitos de cohecho continuado --hasta 30 hechos delictivos de este tipo--, fraude y malversación de caudales públicos y diversos delitos de blanqueo de capitales.

"La amenaza de pena de prisión es elevada y la dinámica delictiva que se imputa conlleva el manejo de elevadísimas cantidades de dinero con conexiones societarias en el extranjero y existencia de cuentas en países opacos en relación con los flujos económicos (paraísos fiscales)", apostilla el magistrado, quien apunta que esta situación obliga a desestimar la excarcelación del ex asesor de Urbanismo.

Asimismo, recuerda que la Audiencia Provincial de Málaga, en concreto la Sección Primera, desestimó el recurso de apelación de la defensa por esta misma causa. La Sala precisó que existía "un riesgo real y grave de evasión", atendiendo sobre todo a las penas que se le podrían llegar a imponer y al patrimonio que podría tener fuera de España.

En dicha resolución, el Tribunal de apelación apuntaba que, "dado el patrimonio que presumiblemente se le atribuye, parte en el extranjero, le resultaría fácil abandonar el territorio nacional y vivir en el extranjero" y explicaba que la existencia del peligro de fuga "cobra especial relevancia atendiendo a la gravedad del delito y de la pena a imponer".