El juez de 'Tándem' prorroga seis meses la instrucción de la pieza sobre presuntos encargos de Iberdrola a Villarejo

Publicado: jueves, 27 enero 2022 14:35

Retira la condición de querellante a la empresa y abre la puerta a reconocer a Del Olmo como denunciante

MADRID, 27 Ene. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha acordado prorrogar otros seis meses la instrucción de la pieza 17 de la macrocausa 'Tándem', relacionada con los presuntos encargos que Iberdrola habría realizado al comisario jubilado José Manuel Villarejo, revocando asimismo la condición de querellante de la empresa.

Así consta en un auto fechado este mismo jueves, en el que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 prolonga la investigación hasta el próximo 27 de julio y retira a Iberdrola su condición querellante en tanto que "los hechos que determinaban su personación" quedan fuera del procedimiento.

Además, el juez justifica la ampliación de la instrucción con el fin de practicar una batería de diligencias para completar la investigación de la causa, entre las que se incluye la citación de 15 personas.

En esa ronda de declaraciones destaca la del comisario Enrique García Castaño, que comparecerá con la garantía de investigado por figurar con esta condición en otras piezas de la causa y al estar prescritas sus responsabilidades en esta pieza. "Entre los documentos relativos al proyecto Arrow se han incautado una serie de documentos que revelarían que el proveedor de estos datos telefónicos podría ser García Castaño", apunta.

El citado proyecto tuvo por objeto, relata el juez, superar los obstáculos, tanto administrativos como motivados por la oposición de una parte de los ciudadanos de la zona, que estaban surgiendo en la construcción y puesta en funcionamiento de la central de ciclo combinado que Iberdrola estaba construyendo en Arcos de la Frontera (Cádiz).

Según el magistrado, esa documentación constituiría un "relevante indicio de que el proveedor habitual de esta documentación que CENYT obtenía y cedía a sus clientes particulares podría ser García Castaño, quien, a su vez, obtendría dicha información con abuso de sus funciones públicas como jefe de Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Comisaría General de Información".

LA DECLARACIÓN DEL APODERADO DE EÓLICA DOBROGEA

Por otro lado, el juez también llama como testigo al apoderado de la empresa suiza Eólica Dobrogea, Corneliu Dica. Según el magistrado, Iberdrola Renovables habría contratado a Villarejo a finales de 2011 a través del entonces director de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, para investigar a la citada empresa, a su accionista mayoritario Chrisopher Kaap y al propio Dica en el proyecto 'Wind'.

Precisamente, en el auto García-Castellón rechaza la petición de sobreseimiento realizada por el propio Asenjo a la vista de las diligencias que restan por practicar y "sin perjuicio de lo que pudiera resultar de las mismas".

Además, el magistrado también escuchará como investigado a Enrique Victorero, el responsable del área Corporativa de Seguridad en el Extranjero del Grupo Iberdrola, en el momento en que se elaboró la factura emitida por CENYT con fecha de 14 de febrero de 2012 por un importe de 29.500 euros y relacionada con 'Wind'. La firma de Victorero, además, figuraría en ese documento.

Asimismo, el juez acuerda la testifical de Gustavo Buesa, Juan Romo Aguilar, Josefa Caro Gamaza, Arantxa Azcúnaga, Manuel Gómez Laguna, Ángel Francisco Fernández Salas, Fernando José Ordóñez Monteagudo, Andrés Merchán Cotos, Rafael Palomino Kaiser, Francisco Cremades Leguina, Luis Francisco Cremades, Antonio Holguín Quintana, Francisco Javier García Saldana, Dolores Herrera Pereda y María José Sanz Asensio.

UNA "TÁCITA SOLICITUD DE PRÓRROGA" POR IBERDROLA

En su escrito, el magistrado hace referencia a Iberdrola para hacer constar que, aunque la empresa "no interesa abiertamente la prórroga de la instrucción", esa "voluntad de prórroga se infiere tácitamente al señalar que" la misma "no puede concluir hasta que no se practiquen" las diligencias necesarias para "el esclarecimiento de unos hechos constitutivos de falsedad documental imputables" al ex director de Control de Funciones Corporativas José Antonio del Olmo.

En concreto, la empresa se querelló en 2020 contra su antiguo directivo por el informe elaborado por Del Olmo en diciembre de 2004 donde reflejaría presuntas irregularidades y dejaría constancia de varias facturas, incluida una emitida por CENYT, el grupo empresarial de Villarejo. La compañía sostenía que se trataba de un 'dossier' falso y acusó a Del Olmo del robo de documentación.

En este punto, el juez asegura que esa "tácita solicitud de prórroga de las actuaciones precisa de una previa consideración: examinar si el informe resulta necesario para la investigación".
"Este magistrado considera que si lo es; el documento en cuestión resulta necesario para el esclarecimiento de los hechos objeto de la presente pieza", deja claro García-Castellón.

Es más, el magistrado señala que ese informe podrá ser sometido a contradicción en esta fase de procesal, a través de las diligencias que se consideren oportunas para acreditar los extremos a los que se refiere". Y, en caso de llegar a juicio oral, el dossier "deberá ser objeto de prueba en el plenario, usando las fuentes de prueba que se estimen oportunas por las acusaciones".

"NOTABLES CARENCIAS EN EL FUNDAMENTO DE UNA PRETENSIÓN"

Así, y en cuanto a la figura de Del Olmo, el instructor da traslado al Ministerio Fiscal y a las partes para que aleguen sobre el posible reconocimiento del exdirectivo de la figura reconocida en la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de octubre del 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, los conocidos como whistleblower, una suerte de denunciante de irregularidades.

Pero, además, el magistrado no deja "pasar por alto" que, al introducir el delito de descubrimiento y revelación de secretos imputado a Del Olmo, la compañía "reconoce la realidad de los documentos en poder del señor Del Olmo de los que se apoderó para su ulterior revelación".

"Mal casa la pretensión de la compañía de sostener la falsedad de una documentación con la posición procesal de su presidente, quien pretende introducir en la causa las alegaciones efectuadas por el señor Del Olmo en otro procedimiento en el que se reconoce la realidad de la documentación que este guardaba en su poder y que la su empresa que dirige entiende que son falsos", apunta el juez.

En este sentido, García-Castellón concluye que "todos estos extremos evidencian notables carencias en el fundamento de una pretensión, la denuncia de una presunta falsedad, cuyo futuro ahora debe posponerse". Una "circunstancia que conduce irremediablemente" a que Iberdrola "pierda su condición de parte en la medida que los hechos que determinaban su personación" queda fuera del procedimiento.

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